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Legislar para regular “Mobbing”
En sesión pública ordinaria la diputada local del PRI, Yolanda Rueda de la Cruz, presento ante el pleno legislativo una iniciativa con Proyecto de Decreto, para incluir en el Código Penal de Tabasco y tipificar, respectivamente, el Acoso Laboral o “Mobbing” así como el Acoso Laboral de Género. Ricardo Rivera Rumbo Nuevo En ese sentido, […]
7 de diciembre de 2016

En sesión pública ordinaria la diputada local del PRI, Yolanda Rueda de la Cruz, presento ante el pleno legislativo una iniciativa con Proyecto de Decreto, para incluir en el Código Penal de Tabasco y tipificar, respectivamente, el Acoso Laboral o “Mobbing” así como el Acoso Laboral de Género.

Ricardo Rivera
Rumbo Nuevo
En ese sentido, dijo que hay innumerables esfuerzos para diseñar una arquitectura parlamentaria de corte garantista, que inhiba y sancione el acoso psicológico laboral o “mobbing”, teniendo como premisa, que la dignidad de la persona y su salud, son bienes jurídicos que deben estar plenamente tutelados.
Preciso que “el acoso u hostigamiento laboral suele confundirse con el hostigamiento sexual laboral, empero, son distintos en cuanto al bien jurídico tutelado y las medidas preventivas o correctivas, hasta ahora, el acoso laboral o “mobbing” es una asignatura pendiente en la legislación nacional”.
La congresista señaló que la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y sus respectivas leyes estatales, ofrecen una definición de violencia laboral, la cual es descrita como “la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo, la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previsto en la ley y todo tipo de discriminación por condición de género”.

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