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Vigilan actividades de farmacias
Ricardo Rivera Rumbo Nuevo La Jefatura de Verificación y Vigilancia de la Profeco, Delegación Tabasco, se encarga de cuidar el cumplimiento de la ley en las relaciones entre proveedores y consumidores. Para lograr su objetivo cuida que se cumplan las disposiciones legales que son competencia de Profeco, por medio de visitas y operativos de verificación […]
10 de octubre de 2015

Ricardo Rivera
Rumbo Nuevo

La Jefatura de Verificación y Vigilancia de la Profeco, Delegación Tabasco, se encarga de cuidar el cumplimiento de la ley en las relaciones entre proveedores y consumidores. Para lograr su objetivo cuida que se cumplan las disposiciones legales que son competencia de Profeco, por medio de visitas y operativos de verificación y vigilancia de establecimientos comerciales.
La Procuraduría Federal del Consumidor tiene el reto de permanecer actualizada y acorde con la dinámica que imponen estos tiempos, manteniendo en el centro de los esfuerzos institucionales la defensa de la ciudadanía, brindando un servicio de calidad y sentido humano.
Se aplicará la suspensión total de la comercialización de bienes productos o servicios en un establecimiento, hasta en tanto cesen las causas que dieron origen a su aplicación, si derivado de dicha visita de verificación el personal actuante detecte condiciones que afecten o puedan afectar la vida la salud, la seguridad o la economía de una colectividad de consumidores. Asimismo, cuando se adviertan conductas o prácticas comerciales abusivas como la manipulación de precios y tarifas a consecuencia de fenómenos naturales, meteorológicos, contingencias en materia de salud; la realización de actos sin consentimiento previo y expreso del consumidor, cuando así lo exija la Ley; el cobro de cargos no autorizados por el consumidor o que no se deriven del contrato correspondiente; la falta de exhibición de precios o tarifas en términos de lo previsto por la Ley; la falta de entrega de comprobantes de las operaciones realizadas, por parte del proveedor; la negativa del proveedor de vender bienes, productos o servicios de consumo generalizado; la negativa del proveedor de entregar al consumidor un bien o producto, o de prestarle un servicio, después de que éste hubiere pagado por ellos, y las demás que violen los derechos que la Ley otorga a los consumidores en virtud de su realización de manera engañosa, excesiva, arbitraria o indebida o por el incumplimiento de normas oficiales mexicanas, en perjuicio de los derechos de los consumidores en forma generalizada, de conformidad con lo dispuesto en los CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE LA SUSPENSIÓN DE LA COMERCIALIZACIÓN DE BIENES PRODUCTOS O SERVICIOS, Y LA CLAUSURA.

En ese contexto se llevaron a cabo las siguientes suspensiones:
SÚPER SORIANA – Zaragoza esq. Madero, Colonia Centro.
(Inmovilización de FARMACIA)
1.- NO exhiben etiquetado de precios en los medicamentos de farmacia.
2.- NO informan al público consumidor sobre la modificación o actualización de precios en un horario estimado o tiempo para que el mismo no caiga en error o confusión.
3.- Los precios son actualizados en el sistema pero NO en sus exhibidores

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