Teoremas
Precisiones en torno a la Revocación de Mandato María Elena Villarreal Vásquez editvillarrealv@yahoo.com.mx ¿Qué sigue? en torno a lo que en anterior columna les comentamos del fallo que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que respaldó las determinaciones que el Instituto Nacional Electoral (INE) tome en el ejercicio de su […]
5 de febrero de 2022

Precisiones en torno a la Revocación de Mandato

María Elena Villarreal Vásquez
editvillarrealv@yahoo.com.mx
¿Qué sigue? en torno a lo que en anterior columna les comentamos del fallo que emitió el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que respaldó las determinaciones que el Instituto Nacional Electoral (INE) tome en el ejercicio de su presupuesto como organismo autónomo e independiente y con plena potestad constitucional, pero además el que haya dejado en claro que las sentencias que como organismo electoral emite, se cumplan.

Lo anterior cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ese mismo día 2 de febrero concluyó el análisis de las impugnaciones a la Ley Federal de Revocación de Mandato tras la acción de inconstitucionalidad 151/2021 promovido por diputados de la 65 Legislatura del Congreso de la Unión, de la que para variar, se encontraron inconstitucionalidades en los artículos 59 y 61 de esta ley como lo son el no prever los medios de impugnación adecuados que garanticen la legalidad de los actos y/o resoluciones que emanen del proceso de revocación de mandato, ni haber realizado la adecuación normativa para sancionar conductas relativas a la realización del referéndum en mención, remitiéndolas únicamente a la Ley General del Sistema Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME).

A la par de ello la SCJN reconoce la validez de los artículos transitorios 4° y 5° transitorios y resaltó que en el Quinto transitorio de la reforma constitucional de diciembre de 2019 únicamente se establece que el ejercicio de las atribuciones que la Constitución le confiere al INE en materia de consultas populares y revocación de mandato, se cubrirán con base en la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio y los subsecuentes. De ahí que se haya señalado que se efectúe la Revocación con lo que se tenga y no como aducían los legisladores promoventes, la omisión legislativa en el sentido de incluir en el presupuesto del INE los recursos necesarios para que pueda llevar a cabo el proceso de revocación de mandato.

Con esto vemos que la tan llevada y traída Revocación de Mandato, es algo así como una “prueba piloto” cuando hay inconsistencias jurídicas, hay importantes lagunas que tienen que ver con el ejercicio del presupuesto y por lo tanto los miles de millones de pesos que se ejercerán, se bordarán sobre agua. La SCJN determinó que se realice el referéndum con lo que presupuestariamente se tenga, que el Congreso de la Unión legislen en los aspectos arriba citados, mientras tanto los reclamos que se den en la materia se deberán encausar con lo que dispone la Ley General de Sistema de Medios de Impugnación en la materia, atendiendo aquel que sea más compatible.

Y una más, no hay ningún desencuentro entre lo que falle el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y lo que determinen la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las sentencias de ambos organismos son inatacables, se respetan y se cumplen.

La Revocación de Mandato en Tabasco
Aquí en la entidad, el INE se sigue coordinando con el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) y la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales en la forma en que se organizará la Revocación de Mandato que como informó en su oportunidad el consejero presidente del organismo electoral en el país, Lorenzo Córdova Vianello, de no contar con los recursos necesarios, se hará con lo que se tenga. El punto es que, al no haber recursos suficientes o necesarios, también ya se adelantó, será menor el número de mesas receptoras de boletas, que no casillas, que se instalen por entidad y no al igual que como se prepara una jornada electoral normal, lo que sin duda podría ocasionar molestias entre quienes respondan a la convocatoria del referéndum al no encontrar la mesa en la que podrán emitir su opinión, cuando estas serán ubicadas en forma más dispersa. Y para que sea vinculante la pregunta “Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su período?, deberán de acudir a las mesas receptoras de votos, el 40 por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal.

Deuda saldada con
Trabajadores judiciales
El dirigente del sindicato del poder Judicial de Tabasco, Lucas Álvarez Zapata, informó que este viernes en cumplimiento al acuerdo entre el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Enrique Priego Oropeza y el de Finanzas, Said Mena Oropeza y luego de una tercera reunión de trabajo con la oficial mayor del TSJ, Gloria Ascencio Lastra, fueron pagados los bonos navideños y 131 premios por antigüedad a servidores judiciales con hasta 40 años de antigüedad laboral. Destacó que el titular del poder Judicial de la entidad, Enrique Priego Oropeza se ha esforzado para que les paguen puntualmente los salarios cada quincena, y a quien igual reconoció por dar cumplimiento cabal a las condiciones general de trabajo pactadas entre la institución y el sindicato, aun cuando con la pandemia se viven tiempos difíciles.

Colofón
El Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET)confirmó el acuerdo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de la entidad (IEPCT) que determinó la pérdida de acreditación de los partidos Acción Nacional y del Trabajo y se distribuya el monto del financiamiento público local que corresponde a los partidos nacionales para el sostenimiento de sus actividades en el 2022…Se nos quedan un tema importante para la próxima…Agradecemos su amable lectura, les esperamos P.D. el próximo martes.

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