Teoremas
Consulta extraordinaria de la SCJN aberración jurídica ante claridad constitucional María Elena Villarreal Vásquez editvillarrealv@yahoo.com.mx En algo que resulta una aberración jurídica, en un absurdo en materia de Derecho, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, puso a consideración de los integrantes de la Corte, […]
17 de junio de 2021

Consulta extraordinaria de la SCJN aberración jurídica ante claridad constitucional

María Elena Villarreal Vásquez
editvillarrealv@yahoo.com.mx
En algo que resulta una aberración jurídica, en un absurdo en materia de Derecho, el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, puso a consideración de los integrantes de la Corte, la consulta extraordinaria que, según él, permita “clarificar” la constitucionalidad del artículo con el que se amplía su período al frente de ese máximo tribunal del país hasta noviembre del 2024. Cuestión que no tendría que ser cuando al respecto la Constitución Política de nuestro país es muy clara y cuando precisamente el poder Judicial, ese máximo tribunal del país, sabe que ninguna argumentación jurídica secundaria, prevalece por sobre lo que se establece en los artículos elevados a rango constitucional.

El ministro Arturo Zaldívar no ha cuidado las formas cuando se le han criticado las reuniones que a hurtadillas, ha sostenido con el poder Ejecutivo del país en Palacio Nacional, contraviniendo el Código de Ética del propio poder Judicial y que en razón de los temas que están en litigio como las reformas energéticas en las que el gobierno federal es parte interesada; debiera evitar para no levantar sospechosismos, porque hasta cualquier juez local sabe que hay protocolos y ordenamientos jurídicos que cuidar, so pena de ser renunciados y sancionados.

Y con ese antecedente, ahora se ha puesto a consideración la llamada consulta extraordinaria a fin de que los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación pongan punto final a lo que a todas luces es inconstitucional y que a nivel internacional ha sido criticado, ha sido censurado por organizaciones de Derechos Humanos cuanto contravienen la autonomía e independencia que en toda democracia debe prevaler entre los poderes de la nación.

Impugnan elección
ante irregularidades
Tal y como aquí se los citamos, de que esto no se acaba hasta que se acaba, y contrario a lo que morenistas a conveniencia quisieran de que aquí no pasa nada y que hay que “darle vuelta a la página”, pues no, ahí tenemos que ya el magistrado presidente del Tribunal Electoral de Tabasco, Rigoberto Riley Mata Villanueva ha informado que hasta ayer que se venció el plazo para impugnar las elecciones, se tenían más de una treintena de impugnaciones de los partidos políticos. De ahí que por ejemplo partidos como el Revolucionario Institucional (PRI), Encuentro Solidario (PES), Movimiento Ciudadano (MC) y Fuerza por México (FXM) hayan decidido unir sus estrategias para controvertir los resultados tanto de la elección de diputado local como a la presidencia municipal de Centla -por mencionar uno-, ante tantos atropellos, irregularidades y desaseos que se presentaron durante la jornada electoral y en el conteo de votos con la consecuente manipulación de las actas de casilla, sin contar que cada representante de partido, debe tener una copia. Mismas inconformidades se documentarán en relación a alcaldías como Jonuta, Emiliano Zapata, Nacajuca o las impugnaciones que el PES presentó por las elecciones de algunas diputaciones locales. Y la presidenta del IEPCT, Maday Merino a su vez, dijo que hasta ayer tenían ya 41 impugnaciones contra los resultados electorales. Entonces no todo está tan limpio.

Reformas constitucionales,
cambios paradigmáticos
En el marco de la “Semana de Derechos Humanos” que organizó el poder Judicial de Tabasco a 10 años de las reformas de 2011, ahora correspondió a la doctora en Derecho Público, Lorena Denis Trinidad sustentar que con las reformas constitucionales en materia de derechos humanos se produjeron cambios paradigmáticos a raíz de los cuales los operadores jurídicos adquirieron carácter internacional, “con obligaciones y responsabilidades internacionales” debido a que deben aplicar convencionalidad para obtener resoluciones en las que se respete el principio pro persona. Denis Trinidad abordó las transformaciones jurídicas registradas a raíz de las reformas al artículo primero de la Constitución Política mexicana, una de ellas la obligatoriedad de que en todos los juicios las autoridades respeten los principios pro homine –el denominado principio pro persona– y de interpretación conforme, que traen a colación lo que se denomina convencionalidad, y cómo impacta ésta en el Derecho de la familia. En su amplia exposición señaló que de acuerdo al cuarto constitucional en todos los juicios el principio rector en las decisiones en materia de familia, es el interés superior del menor. Tras acotar que el Derecho de familia estaba totalmente rezagado, que “era como el patito feo, inclusive, la Corte hoy habla de que el propio personal del Poder Judicial en juzgado familiar era el castigado”, sostuvo que la reforma constitucional debe cambiar esta perspectiva y se trata de “constitucionalizar y dar una mención al Derecho de familia en la Constitución”.

Colofón
En el tema del reparto de las diputaciones locales de representación proporcional, con mucho cuidado se deben ir los partidos políticos, porque según se ha denunciado por parte del PRD y del PRI, hay todas las posibilidades de “mano negra”, y no hay que perder de vista el objetivo principal de lo que han denominado “bloque opositor” …Agradecemos el favor de su lectura y les esperamos P.D. el próximo sábado.

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