Teoremas
Despojada de ideologías retardatarias, CNDH saluda fallo de la SCJN María Elena Villarreal Vásquez editvillarrealv@yahoo.com.mx Lenta se vio la Comisión Nacional de Derechos Humanos que encabeza Rosario Piedra Ibarra al emitir un comunicado una semana después del fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a la invalidación de varios […]
16 de marzo de 2021

Despojada de ideologías retardatarias, CNDH saluda fallo de la SCJN

María Elena Villarreal Vásquez
editvillarrealv@yahoo.com.mx
Lenta se vio la Comisión Nacional de Derechos Humanos que encabeza Rosario Piedra Ibarra al emitir un comunicado una semana después del fallo emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en relación a la invalidación de varios de los artículos reformados en la llamada “Ley Garrote”, con cuya sentencia, se restituyó el estado de Derecho en el Código Penal de la entidad, pero más vale, tarde que nunca.

Y es que la CNDH, con todo y lo que se quiera decir, no podía permanecer ajena al sentido del fallo cuando como organismo autónomo, presumiblemente vela por los derechos humanos e independientemente de quién esté al frente, en forma institucional, despojada de filiaciones e ideologías retardatarias, junto a quien tiene que estar, el pueblo, tenía que permanecer pendiente de la Acción de Inconstitucional 93/2019 presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 29 de agosto de 2019, en contra de los artículos 196, 196 bis, 299, 307, 308 y 308 bis del Código Penal del estado, con el resolutivo de todos conocido.

La Acción de Inconstitucionalidad presentada por CNDH argumentó: “Derecho a la seguridad jurídica; libertades de expresión, de reunión y manifestación; así como los principios de legalidad en su vertiente de taxatividad, de mínima intervención en materia penal (ultima ratio) y de proporcionalidad de las penas”.

El punto es que ya ayer la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió un comunicado en el que se congratula por la determinación de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) “de invalidar diversos artículos del código penal de la entidad, reformado y adicionado mediante Decreto 115, publicado el 31 de julio de 2019, que establecían sanciones relacionados con el ejercicio del derecho de libertad de expresión y a la protesta social”.

Rechaza TSJ aseveraciones
de usuaria de redes sociales
Al hacer precisiones correspondientes en relación a la manifestación de una usuaria de redes sociales en referencia a un juicio oral efectuado en Cárdenas, el TSJ rechazó categórico afirmaciones, con dolo o sin él, que pretenda manchar el cumplimiento de las obligaciones que mandatan la Constitución Política del país, así como tratados y convenciones firmados por México. El Poder Judicial de Tabasco afirmó que ha sido y seguirá siendo respetuoso de los derechos humanos de que gozan tanto víctimas como imputados, y mantiene especial cuidado del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, por lo que aclaró que el tribunal colegiado que integran tres juezas siguió los protocolos correspondientes en torno a la carpeta judicial 704/2019 en que aparece como imputado Misael “N” y que únicamente fueron notificados para comparecer a la audiencia para emitir alegatos de clausura el fiscal del Ministerio Público, el asesor jurídico público, la representante de la menor víctima, el defensor público y el acusado. Dado que no se realizaría desahogo de algún medio de prueba, el fiscal del Ministerio Público no anunció la presencia ni en ningún momento se requirió la presencia de la menor, de lo que destacó, -y de acuerdo a la ley-, existen constancias videograbadas, como ocurre de manera cotidiana en el sistema penal acusatorio adversarial, por lo que, -sostuvo-, se ignoran las razones por las cuales la menor se encontraba en el exterior de la sala de audiencias, sitio al que llegó acompañada de su padre, e informó, que de estos hechos se procedió al levantamiento de un acta circunstanciada. El TSJ especificó que en los casos en que el fiscal del Ministerio Público conduce a menores a una audiencia lo anuncia a la administración del juzgado de oralidad para resguardarlos en la sala de testigos protegidos para no vulnerar derechos fundamentales, de conformidad con el protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren a niñas, niños y adolescentes, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Colofón
Nuestro sentido pésame al notario Javier López Conde y demás deudos, por el sensible fallecimiento del general de Brigada de Estado Mayor, don Miguel Alfonso López Conde, acaecido en la Ciudad de México la semana que recién terminó. El general Miguel López Conde, fue comandante de la 30 zona militar, lugar desde donde sirvió con lealtad y entrega a esta entidad, y entre las distintas comisiones en que se desempeñó dentro de las fuerzas castrenses, está el haber sido director del Colegio de Defensa Militar de la SEDENA (Q.E.P.D)…En más de la CNDH, que el pasado sábado 13, determinó solicitar al Instituto Nacional de Migración (INM), al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF) así como a diversas autoridades de la entidad, implementar medidas cautelares para salvaguardar la integridad de personas “en contexto de movilidad”, principalmente niñas, niños y adolescentes, que se encuentran hacinados en autobuses de pasajeros y en la Oficina de representación local de Migración en esta ciudad…Mil gracias por su atención, les esperamos P.D. el próximo jueves.

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