Teoremas
Los fallos de la SCJN, se acatan sin alegatos para caso “Ley garrote” María Elena Villarreal Vásquez editvillarrealv@yahoo.com.mx Al parecer no se ha entendido en algunas esferas de la entidad, el alcance del fallo emitido por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que invalidó varios de los artículos de la […]
11 de marzo de 2021

Los fallos de la SCJN, se acatan sin alegatos para caso “Ley garrote”

María Elena Villarreal Vásquez
editvillarrealv@yahoo.com.mx
Al parecer no se ha entendido en algunas esferas de la entidad, el alcance del fallo emitido por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que invalidó varios de los artículos de la llamada “Ley garrote”, y que tienen que ver, en algo que se considera esencial, fundamental, como los derechos humanos, sentencia que el pasado lunes 8 de marzo fue ratificada por unanimidad de los once magistrados del máximo tribunal del país que encabeza como presidente, el abogado Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, y que no admite justificaciones, pretextos o alegatos y mucho menos puede ser transgredida, cuando es inatacable, se acata, se cumple o se cumple, no hay más.

Y es que las impugnaciones presentadas a través de las Acciones de Inconstitucionalidad 91/2019, 92/2019 y 93/2019, dejaron al descubierto la pretensión de actuar ante la mínima expresión de manifestación, de reunión, de libertad de expresión-válgase la redundancia-, con el excesivo abuso de poder, y que el resolutivo emitido por la SCJN puso en evidencia, pero no sólo esto, sino también la ignorancia supina de la mayoría Morenista en el Congreso de Tabasco, que fue la que avaló las pretendidas reformas al Código Penal de la entidad, pasando por alto no sólo los principios de taxatividad, de lesividad y el de interpretación de conformidad, sino principalmente el de pro persona. Bueno ojalá y por lo menos los señores “legisladores” de Morena se ocupen de investigar qué es esto, con qué se come.

La cuestión es que en el fallo de la suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), puso en claro que se utilizaron términos como “impedir”, “tratar de impedir”, “cualquier medio” y “obstruir” que dejaban a los operadores jurídicos, aplicar la ley a su libre arbitrio y en cuyas reformas -ojo-, había que privilegiar ampliamente y por sobre todas las cosas, derechos humanos que van concatenados tal y como lo señaló Zaldívar Lelo de Larrea al discernir sobre la protesta social: “como un derecho implícito que se desprende del derecho a la libertad de expresión, derecho de reunión, derecho a la participación política, la libertad de asociación, el derecho de huelga, —entre otros—…” y que como agrega, “el derecho a la protesta protege el derecho individual o colectivo de todas las personas a expresar públicamente sus ideas, disenso, oposición, crítica, denuncia o reivindicación a través de diferentes tipos de estrategias, como son: concentraciones o marchas en espacios públicos, cortes de ruta — entre otros—, ello siempre y cuando se haga de manera pacífica”, y aquí es donde entra la debida interpretación a fin de que no haya vinculaciones a procesos anticonstitucionales.

Los abogados defensores de quienes se encuentran vinculados a proceso, podrán echar abajo los argumentos esgrimidos en la “Ley garrote”, con el fallo de la SCJN que invalidó diversos artículos, cuando este surte sus efectos de forma retroactiva, a partir del primero de agosto de 2019, fecha del decreto impugnado, y luego de que se dé vista tanto al Congreso de Tabasco como al titular del Poder Ejecutivo de la entidad, así como al Tribunal Superior de Justicia, a los Tribunales Colegiados y Unitarios del Décimo Circuito, al Centro de Justicia Penal Federal y a los Juzgados de Distrito que ejercen su jurisdicción en el referido Circuito, al igual que a la Fiscalía General de Tabasco, para los efectos correspondientes.

Y se acatan, se cumplen los mandatos, o se corre el riesgo de que quienes los contravengan, los incumplan, no sólo se hagan acreedores a destituciones sino hasta encarcelamientos.

Colofón
Adán Augusto López Hernández, gobernador de la entidad publicó en su cuenta de Twitter que en palacio de gobierno de Campeche sostuvo una reunión con el mandatario de aquella entidad, Carlos Miguel Aysa con quien revisó las estrategias regionales de seguridad en las que trabajan en forma coordinada. Esto cuando se ha informado también que el dron que costó 12 millones de pesos se utiliza para recorridos de la frontera sur, y que operan corporaciones encargadas de seguridad…Honor a quien honor merece, y es que el diputado y coordinador de la bancada en el Congreso del PRI, Gerald Washington Herrera ha reconocido el trabajo del asesor de la fracción priista, señor Remedios Cerino, al promover la intervención de la CNDH y la Fiscalía General de la República, contra la Ley garrote…Digno de encomio es la actitud que una joven hondureña tiene para su hermano que requiere una cirugía de médula y quienes se encuentran refugiados en la casa para migrantes conocida como “la 72” ubicada en Tenosique y quienes han recibido por parte de Migración, una visa humanitaria que permitirá valor su caso y ser atendidos. CNDH ha girado medidas cautelares a fin de que se les atienda y proteja a estos hermanos, por parte del gobierno estatal…Mil gracias por su atención, les esperamos P.D. el próximo sábado.

Compartir: