Teoremas
¿Dónde queda la veda electoral? María Elena Villarreal Vásquez Se ha armado toda una polémica con el parecer de Andrés Manuel López Obrador, presidente de México en el sentido de que le quieren coartar su derecho a la libertad de expresión ante la presunta propuesta del titular del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello, de […]
14 de enero de 2021

¿Dónde queda la veda electoral?

María Elena Villarreal Vásquez
Se ha armado toda una polémica con el parecer de Andrés Manuel López Obrador, presidente de México en el sentido de que le quieren coartar su derecho a la libertad de expresión ante la presunta propuesta del titular del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdova Vianello, de suspenderle sus conferencias mañaneras.

Lo cierto es que como efectivamente ha precisado el titular del INE, hay mandatos constitucionales y en materia electoral que cumplir, que ordenan suspender todo difusión que tenga que ver con programas de gobierno, concretamente está estipulado en los artículos 134, 41 constitucional y el 209 de la ley electoral y esto es algo por lo que siempre pelearon los otrora partidos de oposición, incluido el que hoy despecha desde gobierno.

La veda electoral está debidamente considerada en los lineamientos jurídicos a fin de garantizar procesos electorales equitativos, legales y legítimos, es decir, constitucionales, y el Instituto Nacional Electoral y todas las autoridades inmiscuidas con ese organismo, tienen la obligación de ser garante de ello, sobre todo, quienes están en las instancias gubernamentales, en el deber, en el compromiso de respetar los mandatos elevados a rango constitucional, pero que además difunden las propias instancias correspondientes.

El blindaje electoral, considera que ningún servidor público podrá utilizar espacios ni en medios de comunicación ni en algún otro tipo de vehículo que tiendan a difundir la imagen del servidor público, ni programas o acciones de gobierno que influyan en el ánimo de los electores y que por ende contaminen el proceso electoral, lo que podría ocasionar, como ya ha ocurrido, en la anulación de casillas en particular e inclusive de la propia elección en general.

Al respecto la sala superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación, ha considerado en sus sentencias y jurisprudencias que para que la difusión de un mensaje sea considerada propaganda gubernamental se requiere de que dicho mensaje sea emitido por un funcionario púbico, que se dé mediante actos, un escrito, publicación, imagen, grabación o expresión que divulguen logros, programas, obras y acciones o medidas de gobierno y que en consecuencias influya en el ánimo del electorado.

Hay excepciones desde luego, pero estas tienen que ver concretamente con cuestiones informativas en materia electoral, las que tengan que ver con la educación, la salud y las necesarias para la protección civil en caso de emergencias, como por ejemplo la pandemia por la cual estamos atravesando, no más.

De esto, el tribunal electoral federal considera que las autoridades gubernamentales pueden emitir mensajes que no infringirían la ley en la materia, siempre y cuando se justifique en hechos particulares que lo motiven como siniestros, emergencias o en cuestiones de fuerza mayor. En caso contrario se violentaría la ley electoral y además -ojo-, se incurriría en desvío de recursos públicos. Entonces ¿Dónde queda la veda electoral y hasta dónde el coartar un derecho como el de la libertad de expresión?

Sanitizar en colonias de alto contagio
Los más de 47 mil 500 casos de contagios, las más de tres mil 300 decesos ocurridos en la entidad han hecho que la secretaría de Salud empezara a aplicar tardíamente sanciones a centros comerciales que no respetaron ni hicieron respetar las medidas sanitarias, pero esto es apenas, la punta de la madeja cuando ya también se ha dicho que hay más de tres decenas de colonias con alto número de contagios de coronavirus y el sólo cierre de plazas resulta insuficiente para frenar la pandemia. A más de las zonas comerciales como Altabrisas o Plaza Cristal, hay decenas de establecimientos menores que no respetan disposiciones y se ocupan de organizar fiestas escandalosas sin que haya quien los pare. En el caso de colonias citadas como de mayores contagios, no basta sólo con mencionarlas, sino de manos a la obra, aparte de la limpieza que los habitantes de cada colonia deben incrementar, empezar ya desde ayer a sanitizarlas, con la intervención de autoridades municipales y dependencias afines. El hecho de que se estén aplicando las vacunas, no implica que la ciudadanía tenga que relajar medidas, a lo que habrá de añadir, que quienes en la vía pública no las cumplan, aplicar sanciones, pero no sólo administrativas sino pecuniarias, a todo mundo si algo le duele, es que le toquen el bolsillo, y si los irresponsables no tienen ningún empacho en no respetar a los demás, tampoco hay que tener consideraciones con estos.

Colofón
En este espacio queremos hacer presente nuestro saludo con motivo de este año nuevo, con nuestros mejores parabienes a amigos que con entrega, dedicación, lealtad e institucionalidad laboran en el Tribunal Superior de Justicia, cuyo desempeño sin duda incide en la buena imagen no sólo de esa institución sino en la gestión al frente del poder Judicial, de don Enrique Priego Oropeza, ellos son el C.P. Jesús Alberto Díaz Méndez, secretario particular del magistrado presidente; la fotógrafa de la unidad de Difusión Social, María Elena Pérez Rosales y por contraloría, Julio César Aguilar Yedra. A todos ellos un cordial saludo…Agradecemos su atención, les esperamos P.D. el próximo sábado.

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