Teoremas
Los resolutivos de un Tribunal, se acatan María Elena Villarreal Vásquez editvillarrealv@yahoo.com.mx Ahí tenemos la nueva conformación de la Junta de Coordinación Política del Congreso local que desde el sábado encabeza al diputado, coordinador y dirigente del Partido Verde Ecologista Mexicano (PVEM), Federico Madrazo Rojas que como bien señalara él, puede durar desde un día, […]
21 de marzo de 2017

Los resolutivos de un Tribunal, se acatan

María Elena Villarreal Vásquez
editvillarrealv@yahoo.com.mx
Ahí tenemos la nueva conformación de la Junta de Coordinación Política del Congreso local que desde el sábado encabeza al diputado, coordinador y dirigente del Partido Verde Ecologista Mexicano (PVEM), Federico Madrazo Rojas que como bien señalara él, puede durar desde un día, unas semanas, un par de meses o hasta el 31 de diciembre, palabras más palabras menos, empero al llevarse la impugnación ante la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, y hablando en términos beisbolísticos, esto no se acaba hasta que se acaba.

Y algo de lo que en este espacio les queremos compartir, son algunos párrafos del proyecto presentado en el pleno de la Sala Regional de Xalapa del Tribunal Electoral en relación a las diputaciones plurinominales y en que textualmente se indica:

“El principio de representación proporcional, como garante del pluralismo político, tiene como finalidad ver reflejada la representatividad de todas las fuerzas políticas en los congresos o asambleas legislativas, de suerte que pueda generarse en el seno de las mismas, un verdadero órgano legislativo deliberativo, sostener la idea de que el límite de sobrerrepresentación sólo debe atenderse al momento de la asignación, implicaría dejar sin contenido dicho principio constitucional, ya que su cumplimiento, sólo sería de manera formal al momento de la asignación, pero no material, pues durante el período de la legislatura, sus integrantes estarían en posibilidad de adherirse a cualquier fracción parlamentaria, lo que podría generar que una determinada fuerza política tuviera una mayoría en el Congreso que más allá de favorecer a la deliberación democrática, obstaculizara su práctica y desarrollo.

“Por tanto, en la propuesta se sostiene que el límite a la sobrerrepresentación que instituye el artículo 116, párrafo segundo, fracción II, tercer párrafo, resulta exigible no sólo al momento de la asignación, sino también durante el período que dure la legislación de que se trate”.

Y ojo señores “legisladores”, sin menoscabo a la libertad de asociación de los diputados, con la única limitante de “que su ejercicio debe tener un objeto lícito” –continúa el documento-, “es decir, la finalidad de su ejercicio debe ubicarse dentro del margen de las exigencias constitucionales y legales, pues no cumplir con los elementos dispuestos en la Constitución federal y en el ordenamiento legal aplicable, el ejercicio de ese derecho no puede encontrar protección ni garantía”.

Por otra parte tenemos lo siguiente en la participación del magistrado de la Sala Regional de Xalapa, Adín Antonio de León Gálvez que entre otras cosas expuso: “a partir de una interpretación de los diversos aspectos a que conlleva la asignación de representación proporcional, se llega a la conclusión en el proyecto de que la asignación de representación proporcional lo que busca precisamente es la presencia de los partidos políticos minoritarios al interior de las Cámaras Legislativas, en el caso de precisamente lo que se busca es que exista presencia en el Congreso del Estado de Tabasco de los partidos políticos minoritarios.

“Pero que este acceso a partidos políticos minoritarios en ningún momento pueda variar las condiciones en que quedaron asignados o que quedaron representadas las distintas fuerzas políticas en el Congreso del Estado.

“Recordemos que esta configuración actual del Congreso del Estado de Tabasco, como se quedó señalado al momento que se hizo la asignación de representación proporcional, obedece fundamentalmente a los resultados de la votación. ¿Esto qué significa? Que fueron los ciudadanos tabasqueños, los que con su voto y en la aplicación de la fórmula de asignación de representación proporcional, decidieron cuál iba a ser la configuración política de los partidos políticos en el Congreso del Estado”.

Hasta ahí, más claro ni el agua, entonces que no quieran los “representantes populares” inventar a estas alturas el agua tibia o pretender descubrir el hilo negro. Ud. analice, Ud. tiene la última palabra. En Derecho lo que es, no sólo debe ser, sino parecer.

Colofón
¡Ahhh! por cierto, en cuanto a los descuentos a las dietas, ya vimos cómo se las gastan los flamantes legisladores, se acomodan a contentillo, de acuerdo a lo que les convenga a fin de no castigar su apretado bolsillo, constitución local o ley orgánica, ¿Quién da más?…Puntuales, cientos de integrantes de las iglesias evangélicas: niños, jóvenes y adultos de todo el estado marcharon ayer por las principales avenidas de la ciudad capital para conmemorar un aniversario más del Natalicio del Benemérito de las Américas, el patricio Benito Juárez García, del que por cierto precisamente en este día 21 de marzo de 2017 hay que recordar su postulado universal, lo que aquí en la entidad parecen haber olvidado los que hacen las leyes, “El respeto al Derecho ajeno es la paz”…Agradecemos su valiosa lectura, les esperamos P.D. el próximo jueves.

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