Tabasco con avances y logros en transparencia y acceso a la información pública: FSC
Mario Gómez y González chayogomezg@hotmail.com En amena charla la titular del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITAIP), Felicitas del Carmen Suárez Castro, departió interesante panel mañanero con los integrantes de la Mesa de Amigos Comunicadores en Tabasco, contestando preguntas y obuses al por mayor, a su estilo, directa, de frente, […]
24 de septiembre de 2014

Mario Gómez y González
chayogomezg@hotmail.com

En amena charla la titular del Instituto Tabasqueño de Transparencia y Acceso a la Información Pública (ITAIP), Felicitas del Carmen Suárez Castro, departió interesante panel mañanero con los integrantes de la Mesa de Amigos Comunicadores en Tabasco, contestando preguntas y obuses al por mayor, a su estilo, directa, de frente, con obvio conocimiento de causa y experiencia.

Mostrando tablas al por mayor, Doña Felicitas Suárez, acompañada por sus pares Consejeros en el ITAIP, José Antonio Bojorquez Pereznieto e Isidro Rodríguez Reyes, versa sobre el Tabasco de ayer y sus familias, y el Tabasco actual y los logros sustanciales obtenidos en el rubro de la transparencia de lo que ocurre o deje de ocurrir en toda dependencia u organismo que disponga de recursos financieros del Gobierno de Tabasco.

Destacan que el ITAIP está en espera de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública para poder sancionar a los funcionarios, Ayuntamientos y partidos políticos en caso de no cumplir con los lineamientos de transparencia. Hoy día el ITAIP puede actuar en contra de funcionarios o ayuntamientos que no cumplan con los mandatos de transparencia a través de una denuncia que realice la propia ciudadanía, pero su alcance se limita solamente a recomendaciones, por lo que estos, los sancionados, no se esfuerzan por actualizar sus páginas.

Esta Ley estará ya pronto en funciones, señala la Consejera Presidenta del ITAIP, Felicitas Suárez Castro, con lo que Ayuntamientos, instituciones educativas, etc.,  se verán obligados a proporcionar la información que requiera todo ciudadano interesado en el quehacer de la dependencia o institución pública a la que se le solicite. Dejó en claro que el ciudadano a quien solicita la información es a la dependencia o institución, y que ellos, ITAIP; procede cuándo la misma no le da contestación.

Por lo anterior queda claro que una vez promulgada la esperada Ley General de Transparencia, todas las dependencias y Ayuntamientos deberán tener en funciones y al día la información pública en sus portales de internet, sin excusa alguna de por medio, y que a la vez permitirá el que la ciudadanía esté informada de sus inquietudes. Asientan los Consejeros del ITAIP que parte primordial lo es la constante capacitación a quienes son los titulares de las áreas de Transparencia a como lo es para la ciudadanía en general, y esto es práctica común en el instituto.

Aun así, expresa la Consejera Presidenta, Tabasco tiene grandes avances en materia de Transparencia y Acceso Público a la Información, pues es deber de las dependencias contestar las inquietudes  de la población, pero muchas de las veces el planteamiento no es el correcto ni la pregunta es concreta, de ahí en fuera estas, las dependencias cumplen con proporcionar la información requerida y el tener al día sus respectivos portales informativos. Reiteraron que no es lo óptimo e insistieron que hay verdaderos avances en la transparencia tabasqueña.

Y Para Usted También**El Congreso del Estado recibió una Iniciativa de Decreto del titular del Poder Ejecutivo del Estado, Arturo Núñez Jiménez, para reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Penal y del Código Civil para el Estado, con el propósito de despenalizar los delitos de difamación y calumnia y trasladarlos al ámbito civil**Dicha propuesta, atiende a la Recomendación General número 20 de la Comisión Nacional de Derechos Humanos “sobre agravios a periodistas en México y la impunidad imperante”**La Recomendación de la CNDH busca promover, entre otros aspectos, que se modifiquen las prácticas administrativas que propician la violación de derechos humanos de los periodistas y  se emprendan acciones que garanticen las condiciones de seguridad y prevención suficientes, a fin de que el desempeño profesional de los integrantes del gremio periodístico no se vea coartado ni amenazado**En este sentido, la Iniciativa de Decreto plantea derogar el Título Noveno denominado “Delitos contra la Buena Fama”, integrado por los capítulos relativos a Difamación, Calumnia y Disposiciones Comunes, ambos del Código Penal**De la misma manera, se contempla realizar reformas al artículo 2051 del Código Civil para el Estado, a fin de establecer que se presume existe daño moral cuando se vulnere o menoscabe la libertad o la integridad física o psíquica de las personas; además, se propone adicionar un Artículo 2051 Bis para introducir un Catálogo de Conductas que deben considerarse susceptibles de reparación por el daño moral que se generen**Asimismo, se prevé la adición de un segundo párrafo al artículo 2059 para no considerar ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, histórica, científica, deportiva o profesional, ni las opiniones desfavorables realizadas en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de reserva no tenga una intensión agraviante**Tras la lectura de la solicitud del Ejecutivo del Estado, la presidenta de la mesa directiva, Ana Bertha Vidal Fócil, indicó que desde el momento de su recepción se instruyó al Oficial Mayor para que de manera urgente se turnara el documento a la Comisión de Seguridad Pública, Protección Civil y Procuración de Justicia para el estudio correspondiente**y  siguiendo con la Cámara de diputados, La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró válidos el procedimiento legislativo y las reformas, adiciones y derogaciones que realizó la LXI Legislatura a diversos ordenamientos en materia político electoral, entre los cuales se contemplan las candidaturas comunes, las candidaturas independientes y el mecanismo de asignación de votos**En sesión pública celebrada los días 22 y 23 de septiembre, los Ministros de la Corte discutieron las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diversos diputados locales y los Comités Ejecutivos Nacionales de PRI y PAN; finalmente, este día los integrantes del máximo tribunal del país declararon infundadas tales impugnaciones**De esta manera, quedaron firmes las reformas, adiciones y derogaciones realizadas por el Pleno del Congreso a la Constitución del Estado, la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral, la Ley Orgánica de los Municipios y la Ley Orgánica del Tribunal Electoral de Tabasco, así como la expedición de la nueva Ley Electoral y de Partidos Políticos**También fue declarado legal por la Suprema Corte de Justicia de la Nación el procedimiento legislativo que se siguió para la Sesión Extraordinaria del Pleno del Congreso del 2 de julio de 2014 ante la ausencia de algunos diputados integrantes de la Comisión Permanente, durante la cual se aprobó la nueva Ley Electoral y de Partidos Políticos y se hicieron cambios a otros ordenamientos**Las acciones de inconstitucionalidad que la SCJN declaró infundadas fueron la 36/2014 promovida por diversos diputados locales, así como la 87/2014 iniciada por el Comité Ejecutivo Nacional del PRI y la 89/2014 presentada por el Comité Ejecutivo Nacional del PAN**hasta mañana Dios mediante.

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