Sin Rodeos
¿Retroceso? Fernando Hernández Gómez fdohernandezg@hotmail.com Acaba de invalidar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –con el voto unánime de sus magistrados– la reforma al Artículo 9, apartado A, fracción VIII, inciso a) de la Constitución Política de Tabasco, promulgadas en octubre del 2018, que establecía un recorte del 50 por ciento al […]
6 de septiembre de 2019

¿Retroceso?

Fernando Hernández Gómez
fdohernandezg@hotmail.com
Acaba de invalidar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) –con el voto unánime de sus magistrados– la reforma al Artículo 9, apartado A, fracción VIII, inciso a) de la Constitución Política de Tabasco, promulgadas en octubre del 2018, que establecía un recorte del 50 por ciento al financiamiento público para los partidos políticos con registro en la entidad.

Dichas reformas –contenidas en el Decreto 004 emitido por la 63 Legislatura–, fueron impugnadas mediante acciones de inconstitucionalidad promovidas por PRD, PRI y PVEM, así como la entonces Procuraduría General de la República.

El proyecto de resolución, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se basó en que las reformas impugnadas violaban los artículos 41 y 116 de la Constitución federal, que contienen los criterios para el financiamiento de los partidos políticos, materia sobre la cual legislar es facultad exclusiva del Congreso de la Unión, según reportó ayer el portal de La Jornada.

Con esto, el máximo órgano jurisdiccional del país confirmó que las fórmulas de financiamiento público no pueden ser alteradas por los congresos locales, en virtud de que las reglas que determinan las prerrogativas están previstas en el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos. Una decisión similar tomaron en agosto de 2017 los ministros de la Corte cuando anularon, por unanimidad, una reforma análoga aprobada por el Congreso local de Yucatán.

Para 2019 estaba previsto que Tabasco distribuiría 91.5 millones de pesos del presupuesto público a los partidos políticos con registro estatal; con la reforma votada por la entrante 63 Legislatura local –controlada por Morena–, el monto se redujo a 45.7 millones.

Con el fallo que emitió este jueves 5 de septiembre la SCJN, quedará vigente la redacción previa del Artículo 9 de la Constitución estatal, por lo que el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) tendrá que calcular el financiamiento a los cuatro partidos locales (Morena, PRD, PRI y PVEM) con la fórmula anterior.

En el PRI estatal festejaban la tarde de ayer la ‘derrota’ del régimen morenista en la entidad, sobre todo porque el mandato inatacable de la Suprema Corte le permitirá contar con el 100 por ciento del financiamiento que había sido recortado a la mitad a partir del 2019 y que le resultaba insuficiente para su sostenimiento, dada su posición de tercera fuerza electoral en la entidad.

No podrá objetarse a los señores ministros del máximo tribunal del país sus razones para suprimir la reforma y el hecho de que quizá los legisladores locales pasaron por alto que el financiamiento público a los partidos políticos está garantizado en nuestra Carta Magna y que, por tanto, la fórmula de distribución de las prerrogativas es materia exclusiva del Congreso de la Unión, aunque debe subrayarse que el propósito que la animó fue noble y justificado.

No está de más recordar que la reforma local pretendió recortar un gasto excesivo de los dineros del pueblo que se otorgaba a las formaciones partidistas año con año, hubiese o no elecciones. Además, los recursos que el gobierno estatal se ahorraría con este recorte –más de 45 millones de pesos de nuestros impuestos– se iban a destinar a financiar obras de infraestructura y de desarrollo social en comunidades que hoy sufren de atraso y marginación. ¿Habrá que aplaudir entonces el revés al Congreso local de Tabasco con el fallo de la Corte?

Hay que celebrar –sí– que tenemos en nuestro país un órgano jurisdiccional que vela porque los preceptos constitucionales se mantengan inalterables y que sean acatados por todos. En eso hay que reconocer a los magistrados federales que corrigieron la plana a nuestros actuales diputados locales.

Consideramos que el tema del financiamiento de los partidos políticos no se ha agotado con el fallo de la SCJN. Es excesivo y ofensivo para un país donde más de la mitad de su población se encuentra en condiciones de pobreza, porque los ingresos familiares son insuficientes para subsistir.

Ahora habrá que insistir en el ámbito federal, para que sea desde el Congreso de la Unión donde se modifique la fórmula de asignación de las prerrogativas partidistas, como debió hacerse desde un principio.

Habrá que ser persistentes en que los mexicanos y los tabasqueños no podemos darnos el lujo de mantener aparatos burocráticos que nos cuestan muchísimo dinero, y que quienes los dirigen se dan gran vida con percepciones insultantes, como ocurre con los magistrados de la SCJN, o lo despilfarran en proyectos faraónicos como iban a ser las nuevas instalaciones del INE, o en comprar elefantes blancos como el edificio que adquirió aquí el IEPCT y que sigue sin utilizarse.

Por lo pronto, el partido que promovió la reforma –Morena– puede tomar una decisión inteligente: renunciar al 50 por ciento del financiamiento público que le darán y reintegrar esos recursos a las arcas estatales, para los fines que estaban previstos con el recorte decretado en octubre último.

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