Sin pluris para el PAN. IEPCT elimina lista por quebrantar la ley
Luis Ruiz Sandoval FradeRumbo Nuevo El consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), determinó, por mayoría de votos, echar abajo las candidaturas plurinominales del Partido Acción Nacional (PAN), por violentar la ley, no paridad de género ni acciones afirmativas, donde la presidenta consejera, Elizabeth Nava aseguró, que se fijó esta postura, […]
19 de marzo de 2024

Luis Ruiz Sandoval Frade
Rumbo Nuevo

El consejo del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), determinó, por mayoría de votos, echar abajo las candidaturas plurinominales del Partido Acción Nacional (PAN), por violentar la ley, no paridad de género ni acciones afirmativas, donde la presidenta consejera, Elizabeth Nava aseguró, que se fijó esta postura, en base a la legalidad y a la ley electoral.
En una sesión que se celebró la madrugada de este lunes, los consejeros electorales aprobaron por mayoría de votos, la determinación de no avalar la lista de diputados plurinominales de Acción Nacional, derivado a que no cumplieron con algunas normativas, y que se suma que tuvieron dos avisos para corregirla, y no lo llevaron a cabo.
Ante ello, la presidenta consejera, Elizabeth Nava, argumentó que ella es de la idea de no modificar este dictamen, derivado a que al partido político se le dio la oportunidad modificar y no lo llevó a cabo, conforme al Estado de derecho y ante esta situación, se hizo la votación y se quedó el dictamen respectivo.
En el acuerdo se señala que quedó demostrado que el Partido Acción Nacional no postuló de manera correcta la fórmula de candidaturas, propietaria y suplente, conformada por personas de la diversidad sexual, además de que se inobservó una de las acciones afirmativas y no cumplió con la paridad de género.
Los consejeros indicaron que el partido dejó en evidencia una conducta discriminatoria que constituyó en un obstáculo para que la materialización del acceso a los cargos de decisión pública por parte de las personas de la diversidad sexual. 
Se destacó, que el órgano electoral agotó la garantía de audiencia del Partido Acción Nacional otorgándole, en un primer momento, el plazo de 48 horas para que subsanara las deficiencias, sin que éste cumpliera cabalmente con postular de manera correcta la cuota relativa a las personas de la diversidad sexual; y, con posterioridad, se concedió un plazo perentorio de 24 horas, sin que cumplieran.

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