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Se quedan las “juanitas”
La Sala General del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió negarles a los ahora ex aspirantes a las presidencias municipales en Tabasco su petición de ser restituidos, ello después del fallo de la sala regional en Xalapa, donde se ordenaba que en Tabasco se cumpliera la paridad de género, por lo cual, […]
7 de mayo de 2015

La Sala General del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación decidió negarles a los ahora ex aspirantes a las presidencias municipales en Tabasco su petición de ser restituidos, ello después del fallo de la sala regional en Xalapa, donde se ordenaba que en Tabasco se cumpliera la paridad de género, por lo cual, las mujeres sustitutas seguirán buscando el voto ciudadano. Los ex aspirantes del PRI y PRD apelaron al resolutivo argumentando que la paridad sería hasta 2018.
El tribunal negó restituir las candidaturas a los inconformes, afirmando que no se violentaron derecho alguno

Luis Ruiz Sandoval Frade
Rumbo Nuevo

En una sesión en donde se tocaron más de 100 puntos, los magistrados del de la Sala General del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, decidieron negarles a los ahora ex aspirantes a las presidencias municipales en Tabasco su petición de ser restituidos, ello después del fallo de la sala regional en Xalapa, donde se argumentó que la paridad de género se queda en esta entidad, por lo cual, las mujeres sustitutas seguirán buscando el voto ciudadano.
En una sesión que inicio a las tres de la tarde y concluyó cerca de las 9 y media de la noche, en donde se analizaron 100 asuntos de todo el país, en el caso concreto de Tabasco, el Trife a través de sus redes sociales, informaron que se determinó que la paridad de género sigue adelante, por lo cual se desechó las peticiones de varios ex aspirantes.
Cabe destacar que estos ex aspirantes, entre ellos priistas y perredistas, son: Bajo el expediente SUP-JDC-959/2015, Carlos Mario de la Cruz Alejandro, al igual que el expediente SUP-REC-130/2015.
José Óscar Romero Contreri bajo el expediente SUP-JDC-960/2015; Óscar Castillo Moha con el expediente SUP-REC-128/2015; José Oscar Romero Conteri con el expediente SUP-REC-132/2015.
Francisco Filigrana Castro bajo el expediente SUP-REC-133/2015; Rafael Abner Balboa bajo el expediente SUP-REC-134/2015; del PRI el expediente SUP-REC-135/2015 y del PRD  el expediente SUP-REC-136/2015.
De igual forma, Roberto Ocaña Leyva con el expediente SUP-REC-139/2015; Erick Garrido Argaez con el expediente SUP-REC-148/2015, Francisco Javier Custodio SUP-REC-149/2015.
Todos estos, fueron leídos en esta sesión del tribunal electoral, en donde la ponencia se basó en que los demandantes solicitaron que se les regresara sus derechos políticos derivado, a que cuando se realizó el fallo se estaba en campaña, aunado a que se maneja que la paridad de género iniciara hasta el 2018.
Bajo ello, lo que se esgrimió por parte de los magistrados que la paridad de género se encuentra basada en la constitución, por lo cual, determinaron que esto se quede en Tabasco.
Se desatacó que ha sido un criterio reiterado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, apoyado de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de la Organización de Naciones Unidas; el derecho de acceso a cargos de elección popular, debe ejercerse en condiciones de igualdad y bajo una perspectiva de equidad de género, aunado a que, los ayuntamientos deben integrarse de manera paritaria, esto es, con igual número de mujeres y hombres.

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