Regular uso de armas: Fócil
Bertha Herrera Rumbo Nuevo Para regular el uso y posesión de armas de fuego entre los ciudadanos, senadores de la república, aprobaron reformas a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, que permitirá salvaguardar los derechos humanos de las personas y regular la perdida, robo, destrucción, aseguramiento y su decomiso. A nombre de la […]
13 de diciembre de 2019

Bertha Herrera
Rumbo Nuevo
Para regular el uso y posesión de armas de fuego entre los ciudadanos, senadores de la república, aprobaron reformas a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, que permitirá salvaguardar los derechos humanos de las personas y regular la perdida, robo, destrucción, aseguramiento y su decomiso.
A nombre de la Comisión de la Defensa del Senado, el legislador del PRD, Juan Manuel Fócil Pérez, dio leyó al dictamen, en el que se establece que de acuerdo al artículo 10 de Constitución Política Mexicana, todo ciudadano tiene derecho de poseer armas en su domicilio, con la finalidad de salvaguardar su seguridad y su legítima defensa.
Fócil Pérez indicó que en la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, se establecen los requisitos y lugares en los que la Secretaria de la Defensa, habrá de autorizar a los habitantes la portación de armas.
El parlamentario tabasqueño, expuso que la cantidad de armas que entran al país, sumadas a las que produce la Defensa Nacional, representa un universo en el que difícilmente se podrían rastrear.
Dijo que en la Ley de Armas de Fuego y Explosivos, se determina que toda persona que adquiera una o más armas, está obligado a manifestar su propiedad por escrito a la Defensa Nacional.
“Se indica –expresó el parlamentario tabasqueño- que se debe hacer del conocimiento de la Defensa Nacional de acuerdo al Reglamento en su artículo 16, que se le debe hacer de su conocimiento en los siguientes 30 días, cuando se tenga el robo, extravió destrucción, aseguramiento y decomiso de un arma.
Expuso que en el análisis realizado por los integrantes de la Comisión de la Defensa del Senado, no consideraron conveniente que un particular que adquirió un arma de buena fe y cumplió con los requisitos para su uso y portación, sea objeto de la privación de libertad cuando omitió reportar el robo.

Compartir: