Reforman la Constitución en materia político-electoral. Se establece la consulta popular, candidaturas independientes e iniciativa ciudadana
Se establece la consulta popular, candidaturas independientes e iniciativa ciudadana, se modifican las fechas de inicio y término para los cargos de elección popular y se elimina el “voto de bolsillo”, entre otros puntos Daniel Lorca Rumbo Nuevo En una sesión que inició con un retraso de una hora 25 minutos, a como es costumbre […]
10 de agosto de 2013

Se establece la consulta popular, candidaturas independientes e iniciativa ciudadana, se modifican las fechas de inicio y término para los cargos de elección popular y se elimina el “voto de bolsillo”, entre otros puntos

Daniel Lorca
Rumbo Nuevo
En una sesión que inició con un retraso de una hora 25 minutos, a como es costumbre de los diputados, empezando por su líder, Rafael Abner Balboa Sánchez, que se ha encerrado como en el cascarón de la tortuga, sin dar la cara a los medios de comunicación y que por él inician tardes las sesiones; los legisladores locales aprobaron varias reformas constitucionales, entre ellas en materia político-electoral.
Y es que en estas diversas modificaciones, se establecen en la entidad las figuras de consulta popular, candidaturas independientes e iniciativa ciudadana, se modifican las fechas de inicio y término para los cargos de gobernador, diputados y ayuntamientos, se elimina el “voto de bolsillo” y se cambia el sistema de nombramiento del Procurador de Justicia del Estado, entre otros temas.
El dictamen que enviaron las comisiones unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales; Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, señala en su Artículo Segundo transitorio que los presidentes municipales y regidores de los ayuntamientos, así como los diputados a  la LXI Legislatura del Congreso del Estado, electos el Primero de julio de 2012 para el trienio 2013-2015, concluirán su encargo el 31 de diciembre de 2015. El Gobernador electo para el período 2013-2018 concluirá su mandato el 31 de diciembre de 2018.
Asimismo, los diputados a la LXII Legislatura del Congreso del Estado de Tabasco, que se elijan el 5 de julio de 2015 para el trienio 2016-2018, entrarán en funciones el Primero de enero de 2016 y concluirán su encargo el 4 de septiembre de 2018.
Mientras que los presidentes municipales y regidores, que resulten electos el 5 de julio de 2015 para el trienio 2016-2018, entrarán en funciones el Primero de enero de 2016 y concluirán su encargo el 4 de octubrede 2018
Así mismo, el Gobernador que resulte electo el Primero de julio de 2018, entrará en funciones el Primero de enero de 2019 y concluirá su encargo el 30 de septiembre de 2024.
El Artículo Tercero transitorio, indica que la actual LXI Legislatura del Congreso del Estado celebrará sus períodos ordinarios de sesiones en las fechas previstas originalmente para su mandato; es decir, en el primer año de su ejercicio, el primer período ordinario será del 1º de enero al 15 de mayo y el segundo período del 15 de septiembre al 15 de diciembre de 2013; en el segundo año, el primer período será del 1º de febrero al 15 de mayo y el segundo periodo del 15 de septiembre al 15 de diciembre de 2014; en el tercer año, el primer período será del 1º de febrero al 15 de mayo y el segundo del 15 de septiembre al 15 de diciembre de 2015, concluyendo su mandato el 31 de diciembre del mismo año.
Mientras que la LXII Legislatura del Congreso del Estado, que fungirá del 1º de enero de 2016 al 4 de septiembre de 2018, tendrá sólo cinco períodos ordinarios de sesiones: en el primer año de ejercicio, el primer período correrá del 1º de enero al 15 de mayo de 2016 y el segundo periodo del 5 de septiembre al 15 de diciembre del mismo año; en el segundo año de ejercicio, el primer período correrá del 1º de febrero al 15 de mayo de 2017 y el segundo período del 5 de septiembre al 15 de diciembre del mismo año; el tercer año de ejercicio tendrá un solo período ordinario de sesiones que correrá del 1º de febrero al 15 de mayo de 2018, concluyendo el ejercicio de la Legislatura el  4 de septiembre de 2018.
Por otro lado, el Artículo Cuarto transitorio describe que el Gobernador electo para el período 2013-2018, presentará al Congreso del Estado el informe a que se refiere el Artículo 51, fracción XVII de la Constitución del Estado de Tabasco, el segundo domingo del mes de noviembre de cada año de su ejercicio, incluido el último; mientras que el Gobernador que resulte electo para la administración 2019-2024, presentará sus respectivos informes conforme a lo señalado en dicho numeral.
Por otro lado, los diputados locales aprobaron por unanimidad un exhorto al H. Congreso de la Unión para que expida, a la brevedad posible, la Ley General de Aguas, tal como lo prevé el Artículo Tercero Transitorio del Decreto por el que se reformó el párrafo quinto y se adicionó un párrafo sexto al Artículo Cuarto de la Constitución General de la República.
Así mismo, aprobaron por unanimidad reformas a la Constitución Política estatal en materia de derechos humanos, a fin de introducir un nuevo catálogo de garantías fundamentales, así como otras que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos y que aún no habían sido recogidas expresamente por el ordenamiento local.
Por último, aprobaron por unanimidad que se inscriba con letras doradas en el interior del recinto legislativo del H. Congreso del Estado la leyenda: “2013, Centenario del Ejército Mexicano. Lealtad y Servicio a la Nación”.

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