Reafirman Ley 3 de 3. IEPCT podrá solicitar información a candidatos
Falla la sala superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del resolutivo del Tribunal Electoral de Tabasco, sobre que no era necesario solicitar documentos para corroborar si se encuentran en los preceptos de la ley 3 de 3, por lo cual, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de […]
8 de febrero de 2024

Falla la sala superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del resolutivo del Tribunal Electoral de Tabasco, sobre que no era necesario solicitar documentos para corroborar si se encuentran en los preceptos de la ley 3 de 3, por lo cual, el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) tiene la facultad de revisar y hasta solicitar a las instancias responsables, este precepto para todos los candidatos que busquen registrarse. (Luis Ruiz Sandoval Frade / Rumbo Nuevo)

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