Política con Rumbo
Exposición de motivos sobre la ley de seguridad interior Jesús Martell Chagoya jesmarch-11@hotmail.com Hoy, cuando los señores legisladores -Diputados y Senadores- del Honorable Congreso de la Unión, han recibido dos propuestas presentadas en septiembre y noviembre del año 2016, una del PAN y otra del PRI, para dar respaldo legal y normalizar la actuación militar […]
26 de febrero de 2017

Exposición de motivos sobre la ley de seguridad interior

Jesús Martell Chagoya
jesmarch-11@hotmail.com
Hoy, cuando los señores legisladores -Diputados y Senadores- del Honorable Congreso de la Unión, han recibido dos propuestas presentadas en septiembre y noviembre del año 2016, una del PAN y otra del PRI, para dar respaldo legal y normalizar la actuación militar tanto de la SEDENA como de la SEDEMAR- en labores de seguridad pública.

Los profesionales del Derecho y la Justicia en nuestro país, ven que aún permea en ambas cámaras de legisladores, una enorme displicencia por atender la demanda de los propios soldados de México. Pareciera que una vez más, se está ante las negociaciones, te doy esto a cambio de esto otro, tal y como sucedió con la Reforma Política, con las demás Reformas Estructurales Constitucionales presentadas por el Presidente de la República.

Los saldos ante los estudiosos y profesionales del Derecho y la Justicia en México, es bastante deficiente por parte de los legisladores de nuestro país, hoy tenemos la Reelección de Diputados Federales y Locales, de Alcaldes y Regidores y próximamente de Senadores, Gobernadores y si es el caso, también de Presidente de la República, con lo cual, los Legisladores del Congreso de la Unión, sin “H”, han puesto fin y en desuso, al emblema más importante y significativo que dio origen a nuestra Revolución Mexicana, en donde se plasmó el SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN. Como el precepto símbolo más importante de nuestra Carta Magna.

Por ello, ahora se exhorta a los legisladores para que sin ambages y en el cumplimiento de su responsabilidad, cumplan con la obligación de legislar, y si las iniciativas deben ser reformadas y reordenadas, no hay otro camino que hacerlas de inmediato y presentarlas ante el Presidente de la República para que se acuerde lo necesario y se devuelva a la esfera Constitucional la actuación de marinos y soldados de México.

Las propuestas para tener una Ley de Seguridad Interior fueron propuestas—una del senador del PAN, Roberto Gil Zuarth; y otra del diputado del PRI, César Camacho Quiroz, las cuales están sustentadas en el artículo 73, Fracción XXIX – M de nuestra Carta Magna, que a la letra dice: El Congreso tiene facultad: Para expedir leyes en materia de seguridad nacional, estableciendo los requisitos y límites a las investigaciones correspondientes, por ello, después de estar en sueño de retiro, los legisladores federales, por fin, proponen que las fuerzas armadas del país, se unan en apoyo a las fuerzas policiales de la Federación, de los Estados y de los municipios, de manera coordinada y bajo esquemas propios de una policía militar, sin que se violen los preceptos constitucionales y tampoco que se abuse de poder.

Los militares con estas iniciativas, tendrían un marco de actuación que responda a las exigencias de la ciudadanía y que brinde la seguridad y protección a la que la sociedad reclama. En las dos iniciativas se presentan espacios para la participación de ambas instituciones, que sin violar los derechos humanos y siguiendo los protocolos nacionales e internacionales, puedan actuar sirviendo y protegiendo a la comunidad.

Mucho se ha dicho que se incluye la posibilidad de intervenir comunicaciones o extraer datos de dispositivos móviles para realizar investigaciones, además específica que las acciones por la seguridad interior incluirán desde la lucha al crimen organizado hasta el combate a la corrupción y al cambio climático. Se comenta también que con esta ley, los militares podrían catear, detener y tomar declaraciones como nuevas tareas de los militares si se aprueba la nueva ley.

Los estudiosos de las Ciencias Jurídicas y en particular, la Ciencias Penales, Criminalísticas y Criminológicas, señalan, que las medidas cautelares que se apliquen, deberán estar apegadas a derecho, nadie puede estar por encima de los procedimientos legales y menos a los que se aprobaron con la reforma Constitucional en junio del 2008. En ningún caso, las fuerzas militares estarán sujetas al arbitrio de sus comandantes, sino que se sujetarán a lo dispuesto en la ley, y no por autoridad superior que les ordene se realicen actos fuera de la norma establecida.

Ambas iniciativas mencionan que el Ejecutivo Federal podrá emitir en cualquier momento la aprobación del Decreto de promulgación de la Ley y se publique en el Diario Oficial de la Federación, para que cause estado, tenga su aplicación en todo el Territorio Nacional y que los militares continúen con las funciones que han venido realizando bajo el esquema de una ordenanza directa del titular del Superno Poder del Ejecutivo Federal que se deposita en una sola persona denominada, Presidente de la República.

¿En que beneficia o perjudica esta acción legislativa que contiene los reclamos de los Secretarios de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina?

Por principio se transita de una legalidad del presidencialismo a otra legalidad que proviene de una iniciativa de ley y de un análisis de la Cámara de origen, en este caso la de Senadores, para que posteriormente pase a la Cámara de Diputados y así el Congreso de la Unión establezca lo procedente y pase al Ejecutivo Federal para su promulgación o sea regresada a la Cámara correspondiente para aplicar o desechar las observaciones que a la ley realice el Ejecutivo Federal. Esto es lo que permite a nuestro País, actuar en el marco de la Constitución, no obstante, tuvieron que pasar poco más de 10 años para que esto se estableciera sin demérito de uno y proceso de otro.

Los resultados los vemos cotidianamente, van en contra de los militares, y no porque estén actuando mal, todo lo contrario, cuando los políticos se oponen a la presencia de los militares pero no dan respuestas directas para solucionar problemas en sus esferas de gobierno, cabe la pregunta, ¿ESTARÁN VINCULADOS ESTOS POLÍTICOS A LA DELINCUENCIA ORGANIZADA O A LAS ORGANIZACIONES DELINCUENCIALES?

Para nadie es un secreto, que cuando están presentes las fuerzas militares en zonas de conflicto, la sociedad se siente más segura y protegida, aun cuando no cuentan más que con el amparo del artículo 89 fracción VI de nuestra Carta Magna que a la letra dice: Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes: Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación.

En contra parte, y es ahí en donde se genera el punto de discusión ahora, en el artículo 129 Constitucional, que a la letra dice: “En tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Solamente habrá Comandancias Militares fijas y permanentes en los castillos, fortalezas y almacenes que dependan inmediatamente del Gobierno de la Unión; o en los campamentos, cuarteles o depósitos que, fuera de las poblaciones, estableciere para la estación de las tropas”

Podemos comentar rápidamente, que los militares de nuestro país, en diferentes encuestas de opinión, de diversos grupos sociales, académicos, de jurídicos y de especialistas de la materia, desde hace varios años, los militares han obtenido una gran aceptación entre la población en general. Por ejemplo, la más reciente del Instituto Nacional Electoral de su área en el año 2016 en su percepción sobre que institución es la más confiable, la ciudadanía encuestada señaló que los militares, seguido de los maestros y en tercer sitio las iglesias. En sentido contrario, esta misma encuesta también estableció que la institución con menos confianza entre la población son los Diputados, después de ellos, los policías y otros.

Otra encuesta de hace dos años Señalada Creer en México, establecía a los militares como los más confiables, y a los policías y tránsitos como los menos confiables. Podríamos citar a otros u otras empresas encuestadores que son profesionales de estas actividades y con cifras más o menos, están parejos en la concepción de estas opiniones. Pero con resultados que tenemos a la vista en donde los policías locales de todos los órdenes, prácticamente están descalificados para realizar su función, además de que en muchos casos, los mismos elementos de seguridad pública cometen actos incalificables en contra de sus propias compañeras o superiores en la corporación, lo que vemos en realidad, es que la falta de mística, de honor y lealtad, son los elementos que los orilla a actuar en la forma en cómo se han desempeñado a la fecha con resultados desastrosos para la sociedad.

En términos de esas iniciativas de ley (ambas iniciativas), se define la amenaza a la seguridad interior de nuestra nación, a los actos violentos que atenten contra bienes jurídicos de la nación, fenómenos que pongan en peligro a la sociedad, la estabilidad y la paz social en las localidades, seguridad o la paz pública en el territorio nacional, son las bases de actuación de estas iniciativas. En términos de la iniciativa de ley presentada por el senador del PAN, Roberto Gil, las fuerzas armadas en comisión para preservar la seguridad interior estarían a cargo de “salvaguardar la integridad de las personas, garantizar, mantener y restablecer el orden y la paz públicos, así como prevenir la comisión de delitos que determinen las leyes”.

Pero también recibir denuncias de hechos que pudieran constituir un delito, participar con el Ministerio Público en la persecución de delitos, en la detención de personas, en el aseguramiento de bienes y cumplir órdenes de aprehensión y otros mandatos ministeriales y jurisdiccionales.

No sólo eso. El proyecto del senador Roberto Gil señala que las fuerzas armadas podrían intervenir comunicaciones privadas, extraer información, utilizar datos de geolocalización y de datos conservados en sistemas informáticos como “técnicas especiales de investigación en materia de seguridad interior”.

Las Coincidencias
Las dos iniciativas coinciden en la necesidad de establecer puestos de inspección en los puntos en riesgo en los que haya presencia de las fuerzas armadas, revisar vehículos y personas, retener individuos o catear domicilios. La propuesta del PAN señala: “En los protocolos y directivas del uso legítimo de la fuerza deberán preverse en forma gradual la disuasión, la persuasión, la fuerza no letal y la fuerza letal como distintos niveles de coacción, privilegiando en todo momento el empleo de los dos primeros niveles”.

En la Propuesta del Diputado César Camacho del PRI con 32 artículos en 6 capítulos, observamos que la seguridad de las localidades, la Seguridad Interior de la República, y la estabilidad y la paz social de los ciudadanos, es un punto de referencia para las actividades de los militares. En lo que no se estuviera en la Ley que se proyecta, señala la iniciativa que se aplicará la Ley de Seguridad Nacional, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Pero el Artículo 3° de la iniciativa de César Camacho, se establece lo fundamental de la ley, de quien dependen, quién aplicará las ordenanzas, los destacamentos, la comandancia, y en fin, todo lo que los militares deberán atender en este nuevo ordenamiento propuesto.

Efectivamente, los dos últimos Presidentes de la República, han tenido que actuar para evitar daños mayores a la población y al Estado mismo. De no intervenir los militares de México en estas acciones, la delincuencias prácticamente se hubieran apoderado de las Instituciones y de una buena parte del territorio nacional para sus operaciones ilícitas. En 24 estados del país hay militares movilizados en tareas de seguridad pública; desde 2013 la SEDENA pidió un marco jurídico que delimite la función del Ejército, pero la reforma sigue siendo una tarea pendiente.

La iniciativa del priista César Camacho indica que: “A partir de la expedición del Acuerdo de la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, las acciones que realicen las autoridades federales para su atención, se considerarán como de Seguridad Interior”. Ese Acuerdo puede tomarse ya sea para combatir al crimen organizado, corrupción, terrorismo, “deficiencia en la profesionalización de cuerpos de seguridad” o incluso para combatir al cambio climático.

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