Opinión. Las constituciones de México
Ferdusi Bastar MéritoRumbo NuevoMéxico nace al constitucionalismo con el Congreso de Chilpancingo, convocado por José María Morelos y Pavón, que reunido en Apatzingán promulga el 22 de octubre de 1814, año Quinto de la Independencia Mejicana, dijo el Siervo de la Nación, el DECRETO CONSTITUCIONAL PARA LA INDEPENDENCIA DE LA AMÉRICA MEJICANA, que consta de […]
4 de septiembre de 2023

Ferdusi Bastar Mérito
Rumbo Nuevo
México nace al constitucionalismo con el Congreso de Chilpancingo, convocado por José María Morelos y Pavón, que reunido en Apatzingán promulga el 22 de octubre de 1814, año Quinto de la Independencia Mejicana, dijo el Siervo de la Nación, el DECRETO CONSTITUCIONAL PARA LA INDEPENDENCIA DE LA AMÉRICA MEJICANA, que consta de 242 artículos, tomando como modelo la Constitución de Cádiz, pero instaurando un régimen republicano de gobierno.

Esta primera norma establece como religión de Estado la católica y que la ciudadanía la adquieren todos los naturales, por nacimiento, y los extranjeros con carta de naturalización y se pierde por los delitos de herejía, apostasía y lesa nación. Define que la soberanía radica en el pueblo y la división de poderes en legislativo, ejecutivo y judicial. La presunción de inocencia y la igualdad de todos ante la Ley, así como la facultad del pueblo para cambiar autoridades y sistema de gobierno. La autoridad debe garantizar la protección de los derechos ciudadanos, la libertad, la propiedad, la igualdad y la seguridad.

Ya en el México independiente, el 4 de octubre de 1824, el Congreso Constituyente promulgó la CONSTITUCIÓN FEDERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, que consta de 171 artículos, basada en la Constitución de Cádiz, para las cuestiones americanas, y en la de Estados Unidos para la fórmula de representación y organización federal, integrada por 19 Estados, entre ellos Tabasco, y 4 territorios, sin contemplar expresamente los derechos de igualdad, que quedaron restringidos por el establecimientos de fueros militares y eclesiásticos.

La nueva norma, establece como obligatoria la religión católica y un gobierno en forma de república representativa, popular y federal, con división de poderes en Legislativo, (dos cámaras)Ejecutivo y Judicial. Establece la libertad política y de imprenta, con las restricciones de los fueros.

Tras 3 decenios de revueltas y decretos entre centralismo y federalismo, nace la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA MEXICANA , con 128 artículos, que es juramentada el 5 de febrero de 1857 estableciendo un capítulo de las garantías individuales a los ciudadanos mexicanos, y un procedimiento de Amparo para protegerlas, la libertad de expresión, de asamblea, la libertad de portar armas. Reafirma la abolición de la esclavitud, elimina la prisión por deudas civiles, prohíbe las penas de mutilación, azotes, tormento y de muerte, las alcabalas y aduanas internas. Prohíbe los títulos de nobleza, honores hereditarios y los monopolios. Establece la educación laica, y prohíbe los fueros, los tribunales especiales y que las agrupaciones civiles o eclesiásticas puedan adquirir y administrar bienes raíces, fuera de los dedicados al culto…

La clerecía promueve una guerra fratricida de tres años, la intervención extranjera, y un imperio con un príncipe europeo, que nunca existió, pues Juárez, el BENEMÉRITO, era Presidente. Y después de 10 años de lucha se restaura la República y la Constitución tiene plena vigencia, a la que se integran además las Leyes de Reforma del Presidente Juárez.
Pasada la dictadura porfirista, con la Revolución Mexicana llegamos la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Con 136 artículos, promulgada el 5 de febrero de 1917, con una trascendente primera parte dogmática en sus primeros Artículos define garantías , derechos y obligaciones de ciudadanos y extranjeros.

Esta norma máxima decreta la NO REELECCIÓN, suprime la vicepresidencia, y establece derechos sociales, laborales (jornada máxima de 8 horas) y de tenencia de la tierra.

Desgraciadamente, nuestra Constitución ha sido sumamente manoseada, al grado de que cada Presidente ha llegado a crear la suya propia, mediante un interminable proceso de reformas, con la complicidad de nuestros “legisladores”, los más indignos del mundo, que se limitan a cobrar por levantar el dedo para aprobar iniciativas que ni siquiera leen.

Ahora se ha mediatizado el principio dogmático de la No Reelección, que ya se permite para muchos cargos, y tenemos una simulada especie de vice presidente. El Presidente más austero, fue don Adolfo Ruiz Cortines, que únicamente reformó 2 Artículos: el 34 para otorgar el voto a la mujer, y el 115, para fortalecer el municipio.

Necesitamos, pues, un nuevo congreso constituyente.

Compartir: