Opinión
A 164 años de la Ley de Nacionalización de los Bienes del Clero Ferdusi Bastar MéritoEste 12 de julio cumplimos 164 años de la promulgación de la Ley de Nacionalización de los Bienes del Clero, que junto con la Ley del matrimonio civil, la Ley del Registro Civil, la Ley de secularización de los cementerios, […]
12 de julio de 2023

A 164 años de la Ley de Nacionalización de los Bienes del Clero

Ferdusi Bastar Mérito
Este 12 de julio cumplimos 164 años de la promulgación de la Ley de Nacionalización de los Bienes del Clero, que junto con la Ley del matrimonio civil, la Ley del Registro Civil, la Ley de secularización de los cementerios, la Ley sobre los días festivos civiles, la Ley de libertad de cultos, Ley de extinción de comunidades de religiosas y religiosos, salvo las llamadas hermanas de la caridad, y la Ley de secularización de hospitales y establecimientos de beneficencia, constituyen las Leyes de Reforma promulgadas por el Presidente Juárez, que el Presidente Lerdo integró a la Constitución de 1857.

Estas leyes propiciaron el triunfo de la causa liberal en la Batalla de Calpulalpan el 22 de diciembre de 1860, el restablecimiento de la Constitución, y la vigencia de un Estado republicano federal democrático y laico en que los ciudadanos gozan a partir de entonces de igualdad ante la Ley, sin estar obligados a acatar en forma obligatoria a dos clases de autoridades, una religiosa y otra civil.

Previamente existió la timorata Ley Lerdo, que pretendía moderar las a veces escandalosas obvenciones parroquiales impuestas a indígenas sin recursos. pero la soberbia del clero no admitía reconocer ninguna autoridad ni siquiera la que la protegía en su beneficio por parte del gobierno, y financió levantamientos y la guerra de tres años, lo que llevó finalmente a las Leyes de Reforma.

La Reforma llevó a la desamortización de los bienes del clero, sacando de sus manos muertas, que no producían nada, haciendas y edificios, para ponerlos a la producción económica dando preferencia en su reparto a los indígenas que anteriormente habían sido despojados.

En su Artículo 1 esta Ley establece <>, Artículo 3 <>, Artículo 4, <>.

La Ley que ocupa suprime todas las órdenes existentes de religiosos regulares, archicofradías, cofradías y congregaciones de cualquier tipo y prohíbe la fundación de nuevas. El clero regular pasa a clero secular dependiente de los obispos y para los monjes ancianos o enfermos se decreta una pensión vitalicia.

La misma Ley permite la permanencia de religiosas, con algunas modalidades. Las que dependían de regulares pasan a depender de los obispos, las que se exclaustren pueden hacerlo y deben recibir lo que se haya ingresado al convento como dote. Se suprimen los noviciados y las novicias existentes ya no podrán profesar.

México vive una década de oro con la restauración de la república, entre 1867 a 1876. La única con democracia efectiva. El pueblo elige autoridades, ministros y jueces, hay paz y progreso, se construyen los primeros ferrocarriles, pero en 1876 nace el nefasto porfiriato, cuando Porfirio Diaz asalta militarmente y usurpa el poder, autonombrándose Presidente y se inicia una negra noche de 34 años.

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