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Negligencia médica en Tenosique
A quien le fuese perforado el intestino en el curso de una cesárea, los derechos humanos emitió las recomendaciones, dirigida al Secretario de Salud, Rommel Franz Cerna Ledeer Tenosique Redacción Rumbo Nuevo La CEDH dirige recomendación al Secretario de Salud tabasqueño, Rommel Franz Cerna Leeder, buscando la reparación integral del daño causado a mujer a […]
12 de julio de 2017

A quien le fuese perforado el intestino en el curso de una cesárea, los derechos humanos emitió las recomendaciones, dirigida al Secretario de Salud, Rommel Franz Cerna Ledeer

Tenosique
Redacción
Rumbo Nuevo
La CEDH dirige recomendación al Secretario de Salud tabasqueño, Rommel Franz Cerna Leeder, buscando la reparación integral del daño causado a mujer a la que le fuese perforado el intestino tras una cesárea practicada en el Hospital Comunitario de Tenosique.
Luego de investigar y acreditar violaciones al derecho a la protección de la salud en agravio de una paciente del Hospital Comunitario de Tenosique, a quien le fuese perforado el intestino en el curso de una cesárea, la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió las recomendaciones de la 018 a 024/2017, dirigida al Secretario de Salud tabasqueño, Rommel Franz Cerna Ledeer.
A raíz de lo publicado el 14 de septiembre de 2016, la CEDH inició el expediente 895 /2016. En él se refiere que, de acuerdo a lo publicado por el rotativo tabasqueño, la paciente tenosiquense habría sido admitida en el Hospital Comunitario con dolores asociados con el parto. Tras varias horas de labor, y a recomendación del médico de guardia, habría accedido a que se le practicara cesárea; sin embargo, durante la operación, resultaría con una perforación accidental de las asas del intestino delgado, por lo que sería trasladad de emergencia al hospital Dr. Juan Graham Casasús, en la capital del estado.
La recomendación llama al titular de la Secretaría de Salud tabasqueña a implementar medidas para determinar el estado de salud de la agraviada, así como para vigilar y garantizar su total restablecimiento. Asimismo, a título de reparación del daño, se insta a cubrir los gastos incurridos por la paciente durante su estancia en el nosocomio villahermosino, así como los salarios y demás prestaciones que la tenosiquense y su esposo hayan dejado de percibir en ese lapso. Finalmente, y con el afán de garantizar que tales hechos no serán repetidos, solicita la capacitación del personal médico adscrito al sector Salud de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana vigente.
La CEDH concedió a Cerna Ledeer un plazo de 15 días hábiles para notificar la aceptación de la recomendación, así como 15 días hábiles más para acreditar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en ésta.

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