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May violentó la ley
La designación del Jefe de Departamento Indígena del municipio, fue revertida por los magistrados, ante las irregularidades que se presentaron en el proceso de designación Luis Enrique Martínez Rumbo Nuevo Para el pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), el alcalde de Comalcalco, Javier May Rodríguez, no es tan democrático como pregona. En consecuencia, la […]
6 de octubre de 2016

La designación del Jefe de Departamento Indígena del municipio, fue revertida por los magistrados, ante las irregularidades que se presentaron en el proceso de designación

Luis Enrique Martínez
Rumbo Nuevo
Para el pleno del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), el alcalde de Comalcalco, Javier May Rodríguez, no es tan democrático como pregona. En consecuencia, la autoridad jurisdiccional lo condenó a resarcir el proceso de elección del jefe de departamento indígena de tal comuna.
En el juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano TET -JDC-164/2016-III, los magistrados Yolidabey Alvarado De la Cruz y Rigoberto Riley Mata Villanueva, respaldaron el fallo del ponente Oscar Rebolledo Herrera.
Tras la votación del pleno, la magistrada presidenta dictaminó la revocación de la convocatoria para la elección de Jefe de Departamento de Asuntos Indígenas del ayuntamiento de Comalcalco, que emitió la comisión del ramo de dicha comuna el pasado 20 de julio.
Asimismo, ordenó al ayuntamiento para que en un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir de la del fallo, proceda a emitir nueva convocatoria bajo los lineamientos, plazos y con el apercibimiento de la sentencia.
«Se trata de tutelar los derechos y de los pueblos y comunidades indígenas, en este caso, de Comalcalco», señaló, previamente, la magistrada Alvarado De la Cruz.
En su oportunidad, el magistrado Rigoberto Riley Mata Villanueva afirmó que el ayuntamiento de Comalcalco «se extralimitó» al tiempo de coincidir con el proyecto del ponente Rebolledo Herrera, quien expuso lo siguiente:
«El ayuntamiento de Comalcalco, dentro de la fecha prevista para la elección, tiene que hacer una nueva convocatoria en la cual se ciña estrictamente en lo que la Ley Orgánica de los Municipios señala como requisito. Tiene que ajustar los tiempos para que la elección se celebre en la misma fecha que está programada porque el plazo legalmente establecido para tal elección ya feneció», apuntó.
Durante la sesión pública número S/PB/29/2016, el pleno del TET además resolvió el expediente acumulado AP 23 y 24, al desechar la demanda del partido Morena y confirmó la resolución del 18 de agosto del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.

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