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Invitab gana juicio a constructora
El Instituto de Vivienda de Tabasco (Invitab), por Ley se encuentra obligado a proteger su patrimonio y en todo momento actúa en estricto apego a las normas que nos rigen, sin buscar perjudicar a terceros; sin embargo, en el caso de la empresa denominada Constructores y Asesores Unidos S. A. de C. V., hay pasivos […]
9 de septiembre de 2016

El Instituto de Vivienda de Tabasco (Invitab), por Ley se encuentra obligado a proteger su patrimonio y en todo momento actúa en estricto apego a las normas que nos rigen, sin buscar perjudicar a terceros; sin embargo, en el caso de la empresa denominada Constructores y Asesores Unidos S. A. de C. V., hay pasivos que sólo representan pérdidas y por ese motivo ha tenido que emprender acciones legales.
Respecto a este caso, la dependencia precisa que con fecha 17 de agosto de 1993, firmó con el representante legal de dicha constructora, Antonio Díaz Mérito, un Contrato de Asociación en Participación para el desarrollo del fraccionamiento Atenas, ubicado en el municipio de Cunduacán, que comprendía la edificación de hasta 297 viviendas; sin embargo sólo construyó y pagó 74 lotes, y lleva un retraso de 21 años en el cumplimiento de lo convenido.
Cabe destacar que a esa Sociedad Anónima se le benefició con prórrogas para el cumplimiento del proyecto, en las cuales se pactó en diez pesos el metro cuadrado, pago que hacían efectivo hasta que vendían la casa, cuyo valor en lotes de 105 metros cuadrados era de 1 mil cincuenta pesos, y que ahora valen en promedio 126 mil. Es importante mencionar que la falta de inversión del desarrollador durante todos estos años, provocó su total invasión.
Como consecuencia, el 19 de febrero de 2016 el Invitab demandó vía ordinaria mercantil a Antonio Díaz por incumplimiento del contrato en cuestión, reclamando la acción resarcitoria, según consta en el expediente 18/2016 del índice del Juzgado Quinto de Distrito del Estado de Tabasco.
La sentencia definitiva al respecto fue emitida el 9 de junio de 2016, en la cual se absolvió al Invitab y se estableció como procedente la acción legal contra el grupo que representa Antonio Díaz; es decir: se declaró rescindido el contrato que motivó la querella, se le ordena devolver los lotes no pagados y hacer efectivos los intereses moratorios a partir del 16 de diciembre de 2011.

Información: CGCSRP

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