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Inocentes o culpables Juan Ochoa Vidal juan_ochoa45@hotmail.com A lo largo de las décadas recientes, el sistema de justicia evolucionó en nuestro país de manera notoria. Por desfortuna, queda muchísimo por hacer a fin de que lo que ya está plasmado en la Constitución y las leyes se ponga siempre en práctica. Más aún, abogados, policías […]
26 de noviembre de 2021

Inocentes o culpables

Juan Ochoa Vidal
juan_ochoa45@hotmail.com
A lo largo de las décadas recientes, el sistema de justicia evolucionó en nuestro país de manera notoria. Por desfortuna, queda muchísimo por hacer a fin de que lo que ya está plasmado en la Constitución y las leyes se ponga siempre en práctica.

Más aún, abogados, policías (primeros respondientes en caso de probable o flagrante delito) y fiscales, no han hecho su tarea, en los términos establecidos por el Código Nacional de Procedimientos Penales en vigor desde 2016, aunque en Tabasco en 2012. Han recibido capacitaciones que en muchos casos pasaron a ser mera simulación. Infinidad de defensores de oficio e independientes actúan con negligencia profesional y también con dolo.

Los ciudadanos por lo regular desconocemos nuestros derechos fundamentales. Sin duda existen avances notables en el tema de la justicia, pero al mismo tiempo se confirma que el principal obstáculo para el desarrollo pleno del régimen de instituciones es de carácter educativo.

En días recientes, Netflix divulga un documental denominado Duda Razonable, grabado en Tabasco. Secuela de Presunto Culpable, de 2008, esta vez el productor Roberto Hernández presenta la historia de cuatro hombres que en 2015-16, en Macuspana, terminaron sentenciados por secuestro; en un caso, dice, preñado de inconsistencias judiciales, tortura y discriminación.

Es un hecho innegable que los mal-remunerados agentes policiacos, del más bajo nivel educativo, así como los agentes del Ministerio Público y secretarios en los cuales ellos descansan, y obviamente los elementos de la Policía Ministerial, no han sido debidamente capacitados -ni laboralmente motivados- para que hagan cumplir a cabalidad el Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Adversarial.

Más tarde resulta muy fácil acusar a los jueces de control y a los de enjuiciamiento por dejar libres a individuos a quienes no se les pudo sustentar aquello de lo que se les acusó; o, por el contrario, por haber vinculado a proceso a presuntos inocentes que durante el juicio no reciben el auxilio legal adecuado por parte de litigantes mediocres o por abogados del Instituto de Defensoría Pública quienes a veces tampoco están bien calificados.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia, Enrique Priego Oropeza, quien entró en funciones hace menos de tres años, abordado por reporteros explicó este jueves que las personas referidas están sujetas a un juicio de garantías.

Recalcó que la administración del Poder Judicial descansa en jueces y magistrados profesionales con un compromiso indeclinable con el respeto a la ley, la cual siempre se impondrá. Comentó que dado el hecho de que se trata de un caso resuelto por la justicia local, no puede él emitir un juicio de valor. Aclaró que, no obstante, estas personas que han tenido a salvo todos sus derechos y recursos de defensa, según se observa no hicieron uso de ellos en el momento procesal oportuno.

Al respecto hizo una precisión de suma pertinencia: el 7 de septiembre de 2018, un tribunal de juicio oral dictó una sentencia en primera instancia, ante la cual los sentenciados, léase su defensa, no interpusieron recurso de apelación. No se impugnaron las pruebas que presentó la Fiscalía General del Estado. No se intentó declarar su invalidez, ni en primera ni en segunda instancias.

Esto es: la defensa omitió llevar el debido proceso hasta sus últimas consecuencias. Paradójicamente, la Fiscalía General sí impugnó la resolución del tribunal de juicio oral que se conforma por tres jueces, por lo que la sentencia fue modificada por la segunda instancia el 18 de diciembre de 2018, para empeorar hundir más a los sentenciados.

Apenas en 2020, estos últimos interpusieron un juicio de amparo, que está en curso en el ámbito de la justicia federal. En el documental se afirma que la Fiscalía General de Tabasco a cargo de Fernando Valenzuela inventó pruebas en contra estas personas. Tendría que demostrarse.

Enrique Priego recordó que, en todo caso, los jueces únicamente tienen como medio para llegar a la verdad jurídica lo que está asentado en el expediente donde está contenida la acusación del Ministerio Público.

Observó que durante su gestión no existe registro de casos similares o parecidos a los denunciados en Netflix, ni hay recomendaciones de las comisiones estatal y nacional de Derechos Humanos, que tienen injerencia para investigar casos de tortura, de acuerdo a los estándares del Protocolo de Estambul, o acompañar denuncias por un mal proceder de los jueces.

Al productor Roberto Hernández se le dieron todas las facilidades para filmar su documental en Tabasco. Incluso tuvo acceso a material videograbado del enjuiciamiento.
Twitter: @JOchoaVidal

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