Difundir reformas en sistema de justicia. Se realizarán jornadas en medios de comunicación: TSJ
Como parte del proceso de socialización de la reforma al sistema de justicia civil y familiar, la presidente de la primera sala civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Martha Patricia Cruz Olán, anunció que los días 7 y 14 de octubre se pondrá en marcha una capacitación especializada para representantes de medios de comunicación.Indicó […]
4 de septiembre de 2023

Como parte del proceso de socialización de la reforma al sistema de justicia civil y familiar, la presidente de la primera sala civil del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Martha Patricia Cruz Olán, anunció que los días 7 y 14 de octubre se pondrá en marcha una capacitación especializada para representantes de medios de comunicación.
Indicó que el magistrado presidente Enrique Priego Oropeza, está preocupado porque todos estemos empapados de la reforma y por tanto, instruyó materializar su socialización para que comunicadores y periodistas conozcan rasgos generales del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, proceso en el que también se involucrará a litigantes, barras de abogados e instituciones públicas con los que se tiene correlación.
Con su homólogo Adelaido Ricárdez Oyosa y la consejera de la Judicatura, Isi Verónica Lara Andrade, la magistrada Cruz Olán fue entrevistada en el programa Al mediodía, de la Comisión de Radio y Televisión de Tabasco (Corat), donde expusieron la génesis y novedades de esta reforma que deberá estar en vigencia plena el 1 de abril de 2027.
Entre las novedades de la legislación que consta de mil 191 artículos y 20 transitorios, Martha Patricia Cruz mencionó que se establece el divorcio bilateral que podrá tramitarse ante notario público y no será necesario que la pareja acuda ante un juzgado, con la salvedad de los casos en que existan hijos, en cuyo caso la autoridad jurisdiccional deberá proteger el interés superior de niños y adolescentes.
También ante un fedatario se podrá tramitar el nombramiento de tutor o curador o disolver la sociedad conyugal, para cambiar el régimen patrimonial de separación de bienes a mancomunidad de un matrimonio, así como lo que hasta ahora se conoce como juicio de apeo y deslinde.
Agregó que el juicio de alimentos se tramitará de manera rápida y cuando se pida el informe a la empresa sobre el monto del salario del deudor alimentario y ésta proporcione información falsa se le multará y determinará la responsabilidad solidaria del patrón sobre lo que haya omitido responder sobre el salario del demandado.
Otra novedad –dijo– es un procedimiento más ágil de restitución internacional de menores. Relató que esta situación ocurre mucho en los municipios de Cárdenas y Huimanguillo de donde emigra la gente hacia Canadá o Estados Unidos y allá rehacen sus vidas. “Ha sucedido comúnmente que regresan ya con hijos y esa restitución internacional de menores no tenía un procedimiento legal para que se tramitara. Para subsanarlo se echaba mano de los principios contenidos en la Convención Americana de Restitución Internacional de Menores y del Código Procesal Civil federal”.
Por otra parte, la funcionaria del Tribunal Superior de Justicia reveló que al entrar en vigor el código nacional en sustitución de los 32 códigos civiles que existen en las entidades de la República se regula ya el cateo. Detalló que en el Código Procesal Civil de Tabasco se establecía un cateo sencillo. Ahora este procedimiento judicial se ciñe a las formalidades del artículo 16 constitucional, conforme la legislación procesal penal.
Al abundar sobre las innovaciones de la justicia digital, de la que se ocupa el libro octavo de la reforma, comentó que se establece la posibilidad de entablar demandas por medios electrónicos, presentar escritos por la misma vía y existe un juicio en línea, el cual tiene peculiaridades y un emplazamiento por adhesión.
Asimismo, explicó que, en los fraccionamientos con acceso restringido por medio de plumas, cuando no se permita ingresar al actuario éste podrá hacer uso de la fuerza pública y la persona que no lo deje pasar a la casa donde notificará puede ser sujeto de delito por obstrucción a la justicia.
La magistrada resaltó que el nuevo código procesal privilegia la conciliación para solucionar los conflictos. “La materia civil y sobre todo la familiar ha estado cargada por muchísimos asuntos, los juzgados se han saturado y se ha dado impulso a los medios alternos para que las partes puedan solucionar sus conflictos”, anotó.

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