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Convocan a participar como candidatos independientes
Chiapas Redacción Notimex El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) convocó a los ciudadanos a participar como candidatos independientes para las elecciones del 19 de julio, cuando elegirán 122 ayuntamientos y 41 diputados locales. La presidenta del organismo local electoral, María de Lourdes Morales Urbina, consideró importante que ciudadanas y ciudadanos […]
3 de mayo de 2015

Chiapas
Redacción
Notimex
El Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) convocó a los ciudadanos a participar como candidatos independientes para las elecciones del 19 de julio, cuando elegirán 122 ayuntamientos y 41 diputados locales.
La presidenta del organismo local electoral, María de Lourdes Morales Urbina, consideró importante que ciudadanas y ciudadanos se intereses en postularse de forma independientes a los cargos mencionados.
De diputados al Congreso local y miembros de los ayuntamientos, por el principio de mayoría relativa.
El tercer domingo de julio, 3.2 millones de chiapanecos estaremos en posibilidades de acudir a las urnas para elegir a los próximos ayuntamientos y representantes populares, para el período constitucional comprendido del 1 de Octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2018.
En entrevista, explicó que los interesados deben ser ciudadanos chiapanecos por nacimiento, en ejercicio de sus derechos, tener 21 años cumplidos el día de la elección, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de algún culto.
Insistió en que los interesados deben haber residido en el estado, al menos durante los cinco años previos a la elección, no ejercer o haber ejercido el cargo de gobernador del estado, aun cuando se separe definitivamente de su puesto.
Asimismo, no ejercer los cargos de secretario de despacho, subsecretario de gobierno, presidente municipal, magistrado, consejero o juez del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Morales Urbina añadió que los contendientes tampoco deben ser presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, salvo que se hubieran separado de su encargo de manera definitiva noventa días antes de la elección.

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