Amplía SAT periodo para el Resico
Entrevistado para RUMBO NUEVO David Correa, Jefe de la oficina del SAT, Servicio de Administración Tributaria, en Villahermosa, informa a la población que esa autoridad fiscal ha dispuesto la ampliación del plazo dado a los causantes adscritos al REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA, RESICO, para que puedan regularizar su situación fiscal cuyo plazo último era el […]
14 de julio de 2023

Entrevistado para RUMBO NUEVO David Correa, Jefe de la oficina del SAT, Servicio de Administración Tributaria, en Villahermosa, informa a la población que esa autoridad fiscal ha dispuesto la ampliación del plazo dado a los causantes adscritos al REGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA, RESICO, para que puedan regularizar su situación fiscal cuyo plazo último era el recién pasado 30 de junio, y que ahora tiene como fecha limite el 2 de octubre del presente año. El RESICO es el mas joven de los regímenes creados por la autoridad fiscal

Preguntamos entonces a
David Correa ¿Qué es el RESICO?

Y nos dice que es un Programa dirigido al beneficio de un sector de la población no suficiente ni debidamente atendido de modo tal que vea con interés y entusiasmo ya sea su regularización o su nueva incorporación, tratándose de contribuyentes de nuevo registro fiscal. Bajo este nuevo régimen, que entro en vigor apenas hace un año (enero 2022), pueden tributar personas físicas y también morales, y ofrece condiciones de tributación, proceso y gestión administrativa que facilitan el cumplimiento de las obligaciones fiscales del contribuyente mediante la reducción de la tasa del impuesto sobre la renta (ISR).

Para el caso de las PERSONAS
FISICAS, ¿Cuáles son las condiciones
específicas del RESICO?

David Correa informa que bajo este régimen pueden tributar personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos que realicen actividades empresariales y profesionales de todo tipo (siempre de manera personal); que tengan ingresos derivados del uso o goce de bienes inmuebles de su propiedad por parte de terceros; y por último cubre a todas las personas dedicadas a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras.

¿Y los beneficios por la
incorporación a este régimen RESICO?

David Correa nos dice que las tasas del impuesto sobre la renta ISR aplicables, son verdaderamente reducidas. Van del 1 al 2.5%. La mínima, 1%, para ingresos anuales de hasta 300 mil pesos (25 mil pesos mensuales) y la superior, 2.5% para ingresos anuales de hasta 3.5 Millones de pesos (292.6 mil pesos mensuales).

Otros beneficios son: El calculo de los impuestos es automático con la simplificación de la precarga de la información del contribuyente. El pago del impuesto es sencillo, rápido y eficaz. Y los ingresos y gastos se consideran hasta que se perciben y se pagan, respectivamente.

En el caso de los contribuyentes personas físicas pertenecientes al sector de las actividades productivas AGAPES (Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas) tienen un atractivo beneficio particular: Disfrutan la EXENCIÓN del pago del ISR si sus ingresos son de hasta 900 mil pesos anuales. Facturados y efectivamente cobrados.

Y por lo que se refiere a las PERSONAS MORALES ¿Cuáles son las condiciones? David Correa: En el RESICO pueden tributar personas morales, constituidas únicamente por personas físicas, con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos en el ejercicio inmediato anterior. También aquellas que inicien operaciones y estimen que sus ingresos no superaran dicha cantidad. Las tasas son iguales al del régimen de personas físicas informadas antes. Pero estas personas morales no deberán aparecer en el listado de contribuyentes con operaciones inexistentes, o en la lista empresas que facturan operaciones simuladas que publica el SAT

¿Y cuales son los REQUISITOS que deberá cubrir el contribuyente interesado en
regularizar su situación en este régimen o inscribirse en el mismo?

David Correa:

  • Deberán contar con Buzón Tributario habilitado
  • Medios de contacto actualizados
  • e.firma y
  • Estar al corriente en la presentación de sus declaraciones.

Terminamos la plática con el Jefe del SAT en Villahermosa, quien hace un llamado a la población para aprovechar este nuevo programa, régimen tributario, que le brinda condiciones amigables y beneficiosas para cumplir con sus obligacionesfiscales. También invitándolos a consultar la pagina del www.sat.gob.mx que le
auxiliara eficazmente para llevar a cabo la tramitología desde la comodidad de su hogar o sitio de trabajo.
César Graciano Calvario
Rumbo Nuevo

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