Acatar norma antitabaco
Después que el pasado 15 de enero del presente año, se determinó aplicar la nueva legislación sobre el consumo de Tabasco en todo el país, incluido Tabasco, la Cofepris informó que, a partir de la publicación de estos materiales, los establecimientos tendrán dos meses para establecer de manera obligatoria la señalética de espacios libres de […]
6 de febrero de 2023

Después que el pasado 15 de enero del presente año, se determinó aplicar la nueva legislación sobre el consumo de Tabasco en todo el país, incluido Tabasco, la Cofepris informó que, a partir de la publicación de estos materiales, los establecimientos tendrán dos meses para establecer de manera obligatoria la señalética de espacios libres de humo de tabaco y emisiones, con el objetivo de proteger la salud de las personas no consumidoras de productos de tabaco y nicotina.
En este sentido, este organismo federal, a través de un comunicado dirigido a los diversos establecimientos de todo el país, incluido Tabasco, tienen este lapso de tiempo para poder llevar a cabo estas acciones.
En este Manual de identidad gráfica se establecen las líneas de aplicación para las nuevas señaléticas, mismas que deberán estar visibles al público.
La primera señalización obligatoria deberá ubicarse en cada entrada del establecimiento; ésta se compone de un nuevo logotipo y la leyenda: Está prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina.
Además, como establece el Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco (RLGCT), en los accesos e interior de los establecimientos deben exhibirse letreros que indiquen a la población que se trata de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, así como señalizaciones que contengan frases de advertencia sobre su incumplimiento y el número telefónico para presentar quejas y denuncias.
La señalética de estos espacios muestra la leyenda “Zona exclusiva para fumar” y está ilustrada con pictogramas que simbolizan la prohibición de la presencia de niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas y adultos mayores en dichos espacios.
Las áreas 100 por ciento libres de humo y emisiones garantizan el derecho a la salud de la población, por lo que esta autoridad sanitaria exhorta a todas y todos a formar parte de la vigilancia activa y denunciar aquellos espacios donde se incumpla la normativa vigente.
Esta autoridad impondrá las siguientes sanciones: amonestación con apercibimiento; multa que va de una a 100 Unidades de Medidas y Actualización (UMAS), es decir, de los 103.74 a 10 mil 374 pesos mexicanos; y clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, a los establecimientos que no garanticen espacios cien por ciento libres de humo y emisiones.Luis Ruiz Sandoval Frade
Rumbo Nuevo

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